|
En diálogo con esta Agencia Bescos explicó que “la norma aprobada hoy declara inembargables e inejecutables los bienes muebles e inmuebles que estén afectados a fines deportivos o recreativos, y que son propiedad de los clubes deportivos que registren una actividad superior a los diez años de antigüedad por deudas contraídas o surgidas en el futuro, con la sola excepción de las de origen laboral, gremial, previsional o de obra social”.
Al respecto destacó el rol que cumplen las entidades deportivas en nuestra provincia, asegurando que “es muy importante y por todos conocido”, pero remarcando también que “es una realidad que numerosas entidades deportivas se ven afectadas por dificultades económicas, producto de diversas situaciones”.
“Muchas de ellas se encuentran en estado de riesgo debido a las subastas que amenazan parcial o totalmente su patrimonio” agregó luego, al tiempo que explicó que “en definitiva el patrimonio afectado es de la comunidad donde se encuentran y realizan sus actividades, muchas veces constituida por sectores muy humildes”.
Por último recordó que “en el año 2004 se sancionó la ley provincial Nº 9580 y a partir de allí se dieron sucesivas prórrogas que significan un alivio a las entidades deportivas, ya que no podemos efectuar soluciones de fondo debido a que es una potestad que tiene solo el Congreso Nacional” concluyó. (APF.Digital)
|