EN PARANÁ, OTORGARON LA LIBERTAD A UNA PERSONA PROCESADA POR UN DELITO NO EXCARCELABLE

- El Tribunal de la Sala Primera de la Cámara del Crimen resolvió ayer, en un fallo que sentará un precedente judicial en la justicia entrerriana, otorgarle la libertad a un joven que está procesado por un delito que no es excarcelable.
sábado 17 de septiembre de 2005 | 9:25hs.

PARANÁ, 17 SEP (APF.Digital)

Una causa por portación de arma de guerra, mantenía en prisión a la espera del juicio oral y público a Emiliano Gastón Arrúa, un empleado municipal de 24 años, detenido a principios de este año en Paraná, quien adujo que llevaba el revólver por cuestiones de seguridad.

Las modificaciones que impedían la excarcelación se comenzaron a poner en práctica luego de sancionada la denominada Ley Blumberg, que endureció los términos y las elasticidades que hasta el año pasado tenían algunos delitos en sus pasos procesales y condenatorios.

Pero este año, luego de aplicada la prisión preventiva a Omar Chabán, por el delito de homicidio simple por la muerte de casi 200 personas en la conocida tragedia de Cromagnon, su caso fue apelado, se solicitó la excarcelación invocándose que el estado de libertad del encartado no iba a perjudicar la investigación ni la normal prosecusión de la causa. Finalmente, se logró la libertad del empresario, sin perjuicio de que su situación siga camino al juicio como imputado.

Tomando este ejemplo, en Paraná, la causa Arrúa fue apelada en su momento por el doctor Marcos Rodríguez Allende, defensor del imputado, aludiendo que la medida de encarcelar a su cliente resultaba inconstitucional porque se había hecho de manera genérica y automática, sin importar la calidad de la persona y que carecía de antecedentes.

“Hemos demostrado que es inconstitucional porque la pena en esta causa supera los seis años de prisión, de cumplimiento efectivo y podemos demostrar que se puede llegar al momento del plenario —juicio oral— sin que este hombre deje de asistir al mismo y sin que intervenga en alguna actitud de entorpecer la marcha de la causa o elimine elementos probatorios”, mencionó oportunamente el letrado.

Al resolver en una primera instancia, el tribunal de la Sala Primera de la Cámara del Crimen dio la razón al planteo del defensor, pero prefirió no resolver y que fuera el Superior Tribunal de Justicia quien tenga la última palabra. Llegado el momento de la Casación, la Sala Penal del STJ no solo hizo un severo llamado de atención al tribunal conformado por los doctores Felipe Celli, Juan Ascúa y Ricardo González, sino que expresaron en sus considerandos que ese tribunal debía resolver de hecho la apelación planteada.

Por este motivo la causa regresó a manos de la Sala Primera de la Cámara del Crimen, la cual ayer resolvió favorablemente a lo peticionado y, finalmente, Emiliano Gastón Arrúa recuperó la libertad, sin perjuicio de que siga imputado y respondiendo a cualquier solicitud de la causa.

En síntesis, es la primera vez que en estos tribunales se le otorga la libertad a un encartado cuando procesalmente no le corresponde, pero sí tras una evaluación de la calidad de imputado en la cual se individualice su situación personal.

“No se puede hacer esto con cualquier persona imputada, se tiene que probar que este imputado no va a incurrir en situaciones que pongan en riesgo la investigación y que no se va a fugar. Si se dan esos elementos objetivos y subjetivos puede estar en libertad. Yo respondo en este caso por mi pupilo procesal”, aclaró Rodríguez Allende.

El caso sentará precedentes por los cuales a partir de que quede firme la medida, podrá ser requerido también por otros procesados que lleguen a probar que pueden ser beneficiados con la excarcelación, indicó El Diario. (APF.Digital)