2008-07-24

REFORMA: SE DEBATIO REGIMEN ELECTORAL Y RELECCION DE GOBERNADOR Y VICE

- La comisión de Poderes de la Convención Constituyente debatió este jueves el nuevo diseño del régimen electoral que contendrá cambios, entre ellos la edad para votar y la cantidad de diputados • También se abrió la discusión sobre la reelección del gobernador y vice.

PARANA, 24 JUL (APF.Digital)

En la mañana de hoy los convencionales que participaron en la comisión que preside Miguel Carlín, dieron el cierre a la labor sobre el Régimen Electoral habilitando la discusión sobre el artículo 120 que dirá: “El gobernador y vicegobernador podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo”. El tema quedó abierto y Carlín adelantó que luego tratarán Ética Pública y enmienda.

Habilitado el debate, Busti recordó que “desde 1933 a la fecha ese tema fue el único obstáculo” para lograr la reforma y que la ley 9.768 “salió después de las elecciones y no estaba en juego la reelección”. “Me hago cargo de las veces que se opuso el justicialismo”, dijo.

En este punto, lamentó que “hayan suspendido a (Rubén) Villaverde (UCR) que votó a favor de la ley”, y se solidarizó con el diputado. Consideró que “esto representa una gran hipocresía porque todos son reelegidos, los senadores, los intendentes, los secretarios de los gremios. Que el gobernador y el vice no tengan una oportunidad es una incoherencia absoluta”.

“Yo soy coherente con lo que he dicho siempre”, aseguró Busti y como muestra expuso la reforma de la ley orgánica municipal que habilitó la reelección de los intendentes. “Hoy el gobernador y el vice deben tener su oportunidad y deben pasar las instancias internas y generales. Es una cláusula que hay que sacarle el dramatismo y la hipocresía”, observó.

En consonancia con sus expresiones opinaron los convencionales Sigrid Kunath y Julio Federik, entre otros, aunque Rosario Romero reforzó esos conceptos con la cantidad de despachos que, otorgando amplia participación ciudadana, reforzarán una decisión de este tipo, la que podrá quedar despachada el próximo martes.

• Otros temas

La comisión de Poderes continuó además con el debate sobre Régimen Electoral. Entre sus definiciones acordaron una labor conjunta con Nuevos Derechos para el diseño en la nueva Constitución de los partidos políticos. Aunque mantuvieron algunos incisos tal como rigen hoy, hubo modificaciones que apuntan a lograr coherencia con otros textos ya sancionados, relativos a la igualdad de los ciudadanos. Además, se abrió la posibilidad de que voten los ciudadanos menores de 18 años.

Se definió que “se asegura el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y las leyes que se dicten en consecuencia”.

El inciso 4 sostendrá: “La provincia constituye un distrito electoral único y se subdividirá en secciones correspondientes a cada departamento y éstas en circuitos o mesas en las que se agruparán los electores. La Legislatura deberá establecer la fecha de las elecciones provinciales y municipales, sin perjuicio de lo que puedan resolver las respectivas cartas orgánicas para los municipios que cuenten con ellas. Se considerará que ha habido elección válida”.

Y el sexto quedará de la siguiente forma: “Las elecciones ordinarias en las fechas que fije la ley y las extraordinarias en cualquier tiempo, previa convocatoria que se publicará con una antelación no menor a sesenta días. Para las elecciones complementarias ese término se reduce a treinta días”.

Los artículos 7, 8, y 9 mantuvieron su redacción mientras que al 10, referido al escrutinio, se le agregó la mención de los fiscales. El 12, dirá: “Los electores no podrán ser arrestados durante las horas de la elección atribuyéndoles la comisión de faltas o contravenciones, ni por la comisión de delitos, salvo los supuestos de flagrancia o mediar orden de detención del juez competente”.

Para el artículo 13, los convencionales tuvieron en cuenta la eliminación de una norma que prohíbe la votación de “la tropa y de sargento para abajo condimentada con un ingrediente oligárquico”, dijo Carlín. Y, como segundo tema estableció la necesidad de establecer una regla única sobre la cuestión para evitar que cada comuna, a través de sus cartas orgánicas, tome resoluciones con carácter distinto.

• Los cambios para Diputados

Para el artículo 56 propusieron un texto que sostiene: “La Cámara de Diputados se compondrá de una cantidad de integrantes igual al duplo de la cantidad de senadores que conforman la cámara respectiva con arreglo del artículo 60”.

Con este artículo, la Cámara tendrá 34 diputados en vez de 28 como tiene hoy, aunque Santiago Reggiardo (Coalición Cívica-Partido Socialista) trasladó la ecuación a la Cámara de Senadores, mientras que Flavia Pasqualini observó la inconveniencia de fijar números en la Constitución, criterio que se ha establecido ya para varios temas y ofertó relacionarlo con las variaciones poblacionales con lo que coincidió Martín Acevedo Miño (Recrear).

Romero no descartó estos argumentos pero dijo que 34 es un número “equilibrado” y aclaró que no se trata de vincular a los diputados con la representación departamental. “Hay muchos menos diputados de los que debería haber”, advirtió la convencional cuando mostró la realidad de la Cámara de Diputados en el Congreso. (APF.Digital)

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