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Confirmaron el sobreseimiento de Allende en la causa que le inició la Ministra de Salud

  Paraná, 04 ago (APFDigital)


– El juez de juicio Alejandro Grippo, integrante del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, rechazó la apelación que había interpuesto la ministra de Salud Sonia Velázquez contra la resolución del juez de Garantía Mauricio Mayer que había dictado el sobreseimiento del líder de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) de Entre Ríos, José Ángel Allende, en una causa por amenazas en contexto de violencia de género

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El 14 de junio último Mayer declaró «prescripta» la acción penal en el marco de la causa que había iniciado la ministra de Salud, al secretario general de la UPCN y exdiputado del PJ por el delito de amenazas simples en un contexto de violencia de género, y en consecuencia dictó el sobreseimiento del dirigente sindical.

Grippo tuvo en cuenta la nueva calificación del delito que se le imputó a Allende, «amenazas simples». Al respecto, dijo: “Cabe señalar que si bien el Dr. Mayer en aquella Resolución del 13 de abril de 2022 declaró que la correcta calificación legal del hecho era la de amenazas simples en ´contexto de violencia contra la mujer´, el legislador nacional no ha previsto el contexto de violencia contra la mujer como agravante de la figura de amenazas, ni tampoco como una agravante genérica”.

En ese orden de ideas, el magistrado sostuvo que “no cabe duda alguna que conforme al cuadro normativo previsto en el Código Penal, las amenazas simples prescriben a los dos años”.

“Ahora bien -apuntó Grippo-, corresponde analizar si en el presente caso existen circunstancias, situaciones o actos que produzcan la suspensión o interrupción del plazo de prescripción”. A ese respecto, estableció que se inició el 10 de diciembre de 2019, cuando Allende dejó de ser diputado provincial y, por ende, perdió los fueros legislativos. A ese respecto, compartió el criterio del juez Mayer respecto a que “entiendo que corresponde empezar a computar el plazo de prescripción de la acción penal desde el día del cese de las funciones legislativas provinciales de Allende, es decir desde el día 10 de diciembre de 2019”.

Sobre ese punto, señaló el magistrado: “Teniendo en cuenta lo expuesto en relación al momento del comienzo del cómputo del plazo de prescripción de la acción penal, el mismo culminó el día 10 de diciembre de 2021, por lo que el requerimiento acusatorio de remisión a juicio, conforme la normativa actual, se llevó a cabo por parte del representante del Ministerio Público Fiscal una vez fenecido el mismo”.

Conocida la decisión de Grippo, la querellante en representación de la ministra de Salud, la abogada Fernanda Vásquez Pinasco, anticipó que apelará ante la Cámara de Casación Penal, publicó Entre Ríos Ahora. (APFDigital)



 





Fecha Publicación: 04/08/2022  07:03 

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