Control: industrias y comercios deberán informar precios y cantidades vendidas
CABA, 08 febr (APFDigital) – “El aumento general de precios en un contexto económico social complejo como el que la Argentina y el mundo en general se encuentra atravesando, afecta especialmente el bienestar general de la población”, dice la norma
Las empresas de los sectores de comercio y de la industria deberán informar mensualmente los precios y cantidades vendidas de todos sus bienes finales o intermedios, según dispuso la Secretaría de Comercio.
De acuerdo a la resolución 67/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, todas las empresas de los sectores de comercio y de la industria que durante 2019 hayan registrado ventas totales en el mercado interno superiores a determinadas cifras, según su categoría, deberán informar mensualmente en el Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (Sipre) los precios vigentes y cantidades vendidas de todos sus bienes finales o intermedio, hasta el día 31 de diciembre de 2023.
Las microempresas deberán informar a partir de ventas superiores a $23.560.000 en el caso del comercio, y de $21.990.000 en el de la industria; y las pequeñas lo harán cuando superen $141.680.000 y $157.740.000 respectivamente.
Para las medianas empresas del tramo 1 esos límites serán de $1.190.400 para el comercio y de $ 986.080 para la industria; y para las del tramo 1, de $ 1.700.590.000 y $ 1.441.090.000.
Las empresas deberán informar además los precios y las cantidades producidas y vendidas, como también el stock de todos sus productos durante enero de 2023, teniendo plazo hasta el día 10 de marzo, informó El Argentino.
La resolución destacó que “el aumento general de precios en un contexto económico social complejo como el que la Argentina y el mundo en general se encuentra atravesando, afecta especialmente el bienestar general de la población”. (APFDigital)