La Corte reabrió la causa por Lavado de activos contra Jorge Macri

La Corte Suprema dejó sin efecto la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal que había declarado inadmisible el recurso del Fiscal General Mario Villar contra el sobreseimiento de Jorge Macri y otros imputados. El Tribunal consideró que la sentencia carecía de una fundamentación suficiente y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento. El expediente tuvo origen en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de San Isidro, donde se dispuso el sobreseimiento de los imputados.
jueves 26 de febrero de 2026 | 18:16hs.

El Máximo Tribunal, con los votos de Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Pablo Candisano Mera y Abel Sánchez, hizo lugar al recurso de queja interpuesto por el Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal, Mario Villar. En consecuencia, dejó sin efecto la sentencia de la Sala I de Casación que había declarado inadmisible la impugnación contra el sobreseimiento de Jorge Macri, Florencia De Nardi y Javier Rubira Alonso, en el marco de una investigación por presunto lavado de activos.

El expediente tuvo origen en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de San Isidro, donde se dispuso el sobreseimiento de los imputados en los términos del artículo 336, inciso 2°, del Código Procesal Penal de la Nación. La decisión fue confirmada por la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín. Frente a ello, el Ministerio Público Fiscal dedujo recurso de casación, que fue declarado inadmisible por la Sala I del tribunal intermedio, lo que motivó la vía extraordinaria.

Según la fiscalía "la resolución impugnada desoye los compromisos asumidos por el Estado Nacional al suscribir la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción -aprobadas por las leyes 24.759 y 26.097, respectivamente-, los que obligan a extremar el análisis cuando se trate de decisiones que cierren de manera definitiva la investigación respecto de un funcionario público…", indicó el portal Diario Judicial.

Ante la denegación del recurso extraordinario federal, Villar acudió en queja ante el Máximo Tribunal, cuestionando la fundamentación de la sentencia de Casación y el tratamiento otorgado a los agravios vinculados con la valoración de la prueba y la alegada prematuridad del sobreseimiento.

En el voto mayoritario, los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti y de los conjueces Pablo Candisano Mera y Abel Sánchez; resolvió que la Cámara Federal de Casación Penal había rechazado la impugnación fiscal sin dar adecuada respuesta a los planteos introducidos. En particular, advirtieron que el tribunal a quo resolvió la inadmisibilidad del recurso “sin hacerse cargo, debidamente, de los fundados planteos formulados en torno a la arbitrariedad del sobreseimiento que se había impugnado por prematuro”.

Según el fallo la decisión cuestionada se apoyó en “afirmaciones dogmáticas”, omitiendo un examen concreto de los cuestionamientos formulados por el Ministerio Público Fiscal.  Bajo ese encuadre, la Corte concluyó que correspondía descalificar la sentencia en tanto “no constituye una derivación razonada del derecho vigente conforme a las constancias obrantes en la causa”. Villar exigía que se profundicen las medidas de prueba tendientes a acreditar la legitimidad del origen de los fondos aplicados por Macri en la compra de un inmueble. El préstamo de 184.000 dólares por parte de una empresa de la que era socia su hermana, atrajo la desconfianza del fiscal.

Asimismo, el Tribunal efectuó una precisión relevante en torno al alcance del control extraordinario y la actividad probatoria. Tras reiterar su doctrina según la cual resulta inadmisible la apertura de procesos penales sobre la base de meras generalidades —la denominada “excursión de pesca”—, señaló que “el presente caso no encuadra dentro del parámetro descalificado”, en la medida en que en el expediente existían “elementos, oportunamente puestos de manifiesto por el apelante (…) que han sido dogmáticamente soslayados por el tribunal a quo”.

La Corte recordó que la determinación de las medidas de prueba corresponde, en principio, a los jueces de la causa, aunque su revisión resulta viable cuando se verifica un agravio constitucional, particularmente respecto de la garantía de defensa en juicio.

En consecuencia, el Tribunal hizo lugar a la queja deducida por Mario Villar, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, remitiendo las actuaciones para el dictado de un nuevo pronunciamiento.

La decisión contó con la disidencia del vicepresidente Carlos Rosenkrantz. En su voto, el magistrado sostuvo la inadmisibilidad del remedio federal, al considerar que el Ministerio Público Fiscal no había logrado demostrar la arbitrariedad invocada y que el planteo se limitaba a expresar una discrepancia con la valoración probatoria efectuada por los tribunales inferiores, los cuales —según destacó— habían sustentado sus conclusiones en prueba documental y en un peritaje contable oficial. (APFDigital)