Peruano condenado en la causa Narcomunicipio sumó una nueva condena por liderar una banda desde la cárcel de Paraná

Wilber Figueroa Lagos fue condenado en un juicio abreviado en el que reconoció que lideraba una organización desde la Unidad Penal Nº1 de Paraná que obtenía droga en Buenos Aires y la vendía en distintas localidades de Entre Ríos. En diciembre de 2019 fue condenado en la causa Narcomunicipio. Fue declarado reincidente.
jueves 12 de marzo de 2026 | 11:48hs.

El Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, integrado de manera unipersonal por Mariela Emilce Rojas, resolvió este jueves hacer lugar al acuerdo de juicio abreviado y condenó a cuatro personas y absolvió a una en la causa que investigó a una organización que vendía cocaína en Concepción del Uruguay, Villaguay, Chajarí y otras localidades de la provincia.

El líder de la organización era Wilber Figueroa Lagos, un hombre de nacionalidad peruana que cuenta con antecedentes: fue condenado a seis años y seis meses de cárcel, en diciembre de 2019, en la causa conocida como Narcomunicipio, en Paraná.

Condenas

Rojas decidió condenar a Figueroa Lagos como autor del delito de Comercio de Estupefacientes, agravado por la intervención organizada de tres o más personas, a la pena de seis años de prisión, y multa de $9.174.127, declarándolo reincidente; asimismo, resolvió condenar como partícipe secundaria por el mismo delito a Jhoanna Heydi Medrano Mendoza, a la pena de cuatro años de prisión y multa de $3.058.042; a Marta Susana Páez, por aquel delito en concurso real con el delito de Tenencia de Estupefacientes con Fines de Comercialización, en calidad de autora, a la pena de cinco años de prisión y multa de $6.116.085; y a Cristian Alberto Domínguez, como participe secundario, a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional y multa de $3.058.042.  

Absolución

La única absolución fue la de Elena Micaela Salas. Se consideró el “contexto situacional de vulnerabilidad pues ha quedado comprobado que su rol de ‘mula’ en los hechos aquí juzgados responde sin lugar a dudas a su especial situación de vulnerabilidad psíquica, física, emocional y económica tanto de ella como de sus hijos menores. Todas estas circunstancias propició el aprovechamiento de Figueroa Lagos para el despliegue de la actividad ilícita”.

Las pruebas se corresponden con el reconocimiento

Rojas evaluó que “a partir de la prueba valorada y del propio reconocimiento de los imputados se dan los extremos objetivos y subjetivos de las figuras en cuestión. No se han invocado causas de justificación en el caso y sólo se ha comprobado respecto de Salas la existencia de una causal de exculpación, con lo que es dable arribar a un juicio de culpabilidad respecto de los demás nombrados.

Reincidente

Rojas dispuso declarar la reincidencia de Figueroa Lagos y compurgar la pena de multa impuesta a Cristian Alberto Domínguez. También intimó a los condenados al pago de la multa establecida. A Domínguez le impuso reglas de conductas por igual término al de la condena.

El grupo fue investigado por ser partes de “una organización criminal que se proveía de estupefacientes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y provincia de Buenos Aires, transportándola hacia la ciudad de Concepción del Uruguay; desde donde luego eran distribuidas a otras localidades aledañas y distribuidas en menor medida a consumidores finales”.

Cantidades significativas

La acusación sostuvo y los imputados reconocieron en el juicio abreviado, que la investigación “comenzó con la Nota XP 3-1020/07 remitida por UNIPROJUD Concepción del Uruguay de Gendarmería Nacional Argentina el 6 de junio de 2024 a la Fiscalía Federal de Primera Instancia de Concepción del Uruguay”.

Allí se hizo saber que “se había tomado conocimiento que Páez, oriunda de Concepción del Uruguay, comercializaría estupefacientes junto a otras personas que trabajarían para ella y tendría a su vez, contactos en diferentes puntos de la provincia a los fines de obtener y almacenar sustancias ilícitas en esta oportunidad cocaína en cantidades significativas”.

También se acusó que “Páez abastecería de dicho material estupefaciente a personas de la localidad entrerriana de Chajarí, otras ciudades aledañas, y posibles provincias”. Así, el 27 de junio de 2023 “se inició la investigación preliminar N° 2/2023”.

La acusación consignó que “a través de los sucesivos informes que se llevaron adelante mediante los análisis de las investigaciones y de las escuchas telefónicas agregadas al expediente por parte de Gendarmería Nacional Argentina, se constataron actividades vinculadas al narcotráfico consistente en el transporte, fraccionamiento, distribución y venta de clorhidrato de cocaína”.

Así, se sostuvo que “lo que también quedó evidenciado fueron los roles de cada uno de los investigados en la organización criminal, a saber: Se estableció que Wilber Figueroa Lagos era el organizador y financista de dichas actividades ilícitas, desde la Unidad Penal N° 1 del Servicio Penitenciario de la Provincia de Entre Ríos situada en la capital provincial, lugar en el que se encuentra detenido”.

Se acusó -y Figueroa Lagos reconoció- que “entre sus funciones estaba la de planificar y gestionar los viajes de quienes oficiaban de ‘mulas’, la distribución y manejo del dinero, secundado por Páez, la pareja de Figueroa Lagos, Medrano Mendoza y Salas, eran las encargadas de la recepción y traslado de los tóxicos hacia la provincia de Entre Ríos, oficiando así de ‘mulas’”. (APFDigital)