Tras informe de peritos de la Corte por la muerte de Ariel Goyeneche una defensa consideró alcanzada “una verdad científica objetiva”

Este martes se conoció el informe que peritos de la CSJN realizaron para terciar entre los oficiales y de parte, sobre las circunstancias del deceso de Ariel Goyeneche. La defensa de Alan Vázquez, uno de los tres policías involucrados, consideró que se alcanzó “una verdad científica objetiva”. Los peritos de la Corte concluyeron que la muerte se produjo por una “sinergia de múltiple factores”.
martes 19 de mayo de 2026 | 18:27hs.
Foto: APFDigital
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A más de dos años de la muerte de Ariel Goyeneche, ocurrida durante la madrugada del lunes 12 de febrero de 2024 en la vereda ubicada frente a la sede de comisaría segunda de Paraná, se conoció este martes el informe de los peritos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que intervinieron para dar una tercera opinión sobre la autopsia que se realizó en Entre Ríos para determinar las mecánicas de la muerte de Ariel Goyeneche, ocurrida el lunes 12 de febrero de 2024.

Eduardo Gerard, que asiste al policía Alan Vázquez, informó que “finalmente en la fecha se recibieron conclusiones indubitables del Cuerpo Forense de la CSJN”. El defensor consideró que “tras una exhaustiva re-autopsia y estudios de histopatología, toxicología y radiología, se rectificaron hallazgos previos: Descarte de Lesiones Órganicas Graves: El servicio de radiología confirmó que no se identifican trazos de fractura traumática”.

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También destacó que “se determinó que lo que se creía una contusión renal era, en realidad, un infiltrado hemático en tejidos blandos, no existiendo contusión”. Así, entendió que “la labor profesional ha culminado en una conclusión irrefutable: la muerte no se debió a un acto único, sino a una concurrencia sinérgica de múltiples factores”.

El defensor señaló que “técnicamente, el mecanismo final fue una arritmia terminal gatillada por un delirio agitado (cocaína) en un hombre con enfermedad coronaria previa, cuya respiración se vio comprometida por la posición de restricción”.

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Cronología

El 29 de octubre de 2024, Eduardo Gerard, que representa al oficial Alan Vázquez,

Y Damián Petenatti e Iván Vernengo, que asisten a los suboficiales, Lisandro Romero y David Vázquez; cuestionaron la pericia de una forense del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y pidieron que se dé intervención al cuerpo de peritos de la CSJN para que aportara una tercera opinión respecto de los informes que las partes realizaron de la autopsia y arrojaban conclusiones divergentes.

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El juez de Garantías de Paraná, Elvio Garzón, dispuso el viernes 14 de febrero del año pasado hacer lugar al pedido de las defensas y resolvió que el 30% de los costos que demanda la realización de una nueva pericia autópsica sean asumidos por los tres policías imputados, correspondiéndole un 10% a cada uno; que un 10% sea a cargo del Ministerio Público Fiscal (MPF) y el restante 60% esté a cargo del STJ.

Tras conocerse el resultado del tercer informe autópsico, Eduardo Gerard, sostuvo que “técnicamente, el mecanismo final fue una arritmia terminal gatillada por un delirio agitado (cocaína) en un hombre con enfermedad coronaria previa, cuya respiración se vio comprometida por la posición de restricción”.

El defensor consideró que “la labor profesional coordinada entre peritos y abogados defensores ha permitido alcanzar una verdad científica objetiva, desplazando interpretaciones iniciales incompletas y garantizando el debido proceso y en especial la defensa en juicio en la provincia de Entre Ríos de Alan Vázquez, un muy joven oficial de policía”.

Gerard recordó que “desde el inicio, esta defensa cuestionó la hipótesis de asfixia mecánica sostenida por la acusación, como razón de la muerte del señor Goyeneche. Desde el comienzo de las actuaciones, la labor profesional se centró en garantizar un abordaje metódico y sistematizado de los hallazgos cadavéricos”, añadió el letrado.

El defensor agregó que “ante una autopsia inicial que aseguraba que esa era la única causa de muerte, ‘mecanismo asfíctico’, inclusive antes de contar con estudios complementarios, y descartando valorar los estudios de toxicología, la defensa técnica y pericial advirtió con solvencia la falta de sustento suficiente para atribuir el deceso exclusivamente a una compresión torácica”.

Gerard destacó “la Intervención del perito de parte de esta defensa, doctor, Walter Aguirre nos ofreció una mirada Crítica Necesaria”. Así, entendió que “la labor del perito de parte fue fundamental para señalar que no se apreciaban los signos cadavéricos habituales de una asfixia traumática, como la máscara de Morestein o las manchas de Tardieu”.

Con aquel aporte, Gerard señaló que “se destacó profesionalmente la necesidad crítica de analizar factores omitidos inicialmente, como la intoxicación por cocaína y las patologías cardiovasculares previas, que resultaron ser determinantes en el desenlace”. (APFDigital)