Buscan prohibir la venta de golosinas y bebidas azucaradas en las cajas de supermercados

El diputado de Unión por la Patria Juan Carlos Molina presentó un proyecto para restringir la exhibición y promoción de productos con sellos de advertencia en líneas de caja, con el objetivo de desalentar el consumo impulsivo y promover hábitos saludables.
domingo 31 de mayo de 2026 | 19:30hs.
Foto: Ilustrativa
Foto: Ilustrativa

Con el foco puesto en la salud pública y los hábitos de consumo, el diputado nacional Juan Carlos Molina (UP) presentó un proyecto de ley para prohibir la exhibición y venta de productos no saludables en las líneas de caja de supermercados, hipermercados y farmacias con modalidad autoservicio.

En momentos en que el Congreso se dispone a debatir su modificación, la iniciativa propone incorporar un nuevo artículo a la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (27.642) que impida la oferta, promoción o entrega gratuita en zonas de cobro de alimentos y bebidas con sellos de advertencia, así como golosinas, chocolates y bebidas azucaradas o con edulcorantes.

Según el texto, estos productos deberán ser reubicados en góndolas específicas dentro del salón de ventas, a una distancia mínima de tres metros de las cajas, para evitar su exposición directa en espacios de espera donde se concentran decisiones de compra impulsiva.

El proyecto también prohíbe la entrega de muestras gratuitas o promociones de estos productos en las áreas de cobro cuando tengan como finalidad incentivar su consumo, precisó Parlamentario.

En los fundamentos, Molina advierte que la actual disposición de golosinas y bebidas azucaradas en las líneas de caja responde a una estrategia comercial orientada a estimular consumos no planificados, especialmente en contextos donde los consumidores permanecen en filas y, muchas veces, acompañados por niños.

“El emplazamiento de estos productos no es neutro: funciona como un estímulo directo al consumo impulsivo”, sostiene el proyecto, que se apoya en estudios de la economía del comportamiento para justificar la medida.

La iniciativa pone especial énfasis en la protección de sectores más vulnerables, como la población infantil, señalando que este tipo de prácticas contribuyen a consolidar hábitos alimentarios poco saludables desde edades tempranas.

En esa línea, el texto menciona datos preocupantes sobre la situación nutricional en el país: más de la mitad de los adultos presenta sobrepeso u obesidad, un fenómeno que también afecta a una porción significativa de niños y niñas, en un contexto de alto consumo de productos ultraprocesados.

Para el autor, la medida no implica restringir la libertad de elección del consumidor, sino “ordenar el entorno de decisión” para evitar estímulos que promueven compras impulsivas de productos perjudiciales para la salud.

El proyecto establece un plazo de 90 días para que los comercios se adecuen a la normativa una vez reglamentada, y prevé que las sanciones por incumplimiento se rijan por el esquema ya vigente en la ley de etiquetado frontal.

De avanzar en el Congreso, la iniciativa se sumaría a otras regulaciones orientadas a reforzar el alcance de la ley de alimentación saludable, en una estrategia que apunta a modificar los entornos de consumo y reducir los factores de riesgo asociados a enfermedades crónicas no transmisibles. (APFDigital)