Desprotección sanitaria: Piden incorporar con urgencia a la OSER a jubilados de la obra social docente

Pide la intervención urgente del Gobierno por la “gravísima situación de desprotección sanitaria que atraviesan los jubilados y pensionados del sistema previsional provincial que se encuentran afiliados a la Obra Social para la Actividad Docente”.  Propicia “la incorporación y traspaso definitivo a la cobertura del Iosper de todos los pasivos provinciales afectados por el cese de prestaciones”.
martes 09 de junio de 2026 | 19:55hs.
Foto: Ilustrativa
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Un proyecto de resolución que ingresó este martes en la Cámara de Diputados de la provincia insta “al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud, el Directorio del Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (OSER) y la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, a intervenir de manera urgente ante la gravísima situación de desprotección sanitaria que atraviesan los jubilados y pensionados del sistema previsional provincial que se encuentran afiliados a la Obra Social para la Actividad Docente (Osplad), propiciando la incorporación y traspaso definitivo a la cobertura del Iosper de todos los pasivos provinciales afectados por el cese de prestaciones”.

El autor del pedido, Enrique Tomas Cresto, lo fundamentó en que “existe un reclamo de extrema gravedad que afecta a los jubilados y pensionados del sistema previsional entrerriano Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos (Cjper) que quedaron cautivos de la Obra Social para la Actividad Docente (Osplad)”.

Añadió que “actualmente, Osplad se encuentra en el territorio de la provincia de Entre Ríos en un estado de virtual vaciamiento. Con las prestaciones médicas absolutamente interrumpidas, sin cartilla de prestadores activos, sin cobertura de medicamentos y en un total silencio institucional, esta situación coloca a más de 18.000 jubilados docentes en un escenario de absoluto desamparo, obligándolos a costear de su propio bolsillo e informalmente prestaciones de carácter vital”.

Cresto entendió que “siendo pasivos dependientes de la Cjper, se ven privados de la cobertura del Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos”. Sostuvo que “el Estado Provincial no puede permanecer indiferente ni desentenderse de la integridad psicofísica de sus propios jubilados bajo el pretexto de una transferencia histórica de aportes hacia una entidad nacional. El derecho a la salud es un derecho humano fundamental garantizado por el artículo 19 de nuestra Carta Magna Provincial, y robustecido por los

Tratados Internacionales con jerarquía constitucional…, con especial primacía en la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”. (APFDigital)