Piden aprobar la donación de un terreno para espacio de usos múltiples para personal del Poder Judicial

El proyecto del Poder Ejecutivo ingresó a la Cámara de Senadores el 11 de junio de 2025. El 8 de julio de este año fue aprobado y el jueves 16 ingresó en revisión a la Cámara de Diputados. Se trata de una donación de la Municipalidad de Paraná. Se indicó que para que se pueda formalizar “la voluntad Administrativa es necesario contar con la aprobación del presente proyecto de ley”.
viernes 17 de julio de 2026 | 18:41hs.

El jueves 16 ingresó en revisión a la Cámara de Diputados un proyecto de ley del Poder Ejecutivo que impulsa la cesión al Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia de un terreno que fue donado por la Municipalidad de Paraná. El proyecto tomó estado parlamentario el 11 de junio de 2025 cuando ingresó a la Cámara de Senadores. El 8 de julio de este año recibió media sanción en general y en particular. En el mensaje a la Legislatura se precisó que “para que se pueda dar esta formalización de la voluntad Administrativa es necesario contar con la aprobación del presente proyecto de ley”.

Asimismo se señaló que el objeto es poner a consideración de la Legislatura “un proyecto de ley motivado por una donación efectuada por la Municipalidad de Paraná a favor del Superior Gobierno de Entre Ríos de un inmueble identificado en Partida Provincial Nº 284.828 y Partida Municipal Nº 46.408-5, Matricula Nº 125086-5 propiedad de la Municipalidad de Paraná”. Se añadió que “dicha donación se encuadra en el marco legal establecido por el Artículo 81 1er párrafo de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos”.

Salón de Usos Múltiples

También se indicó que “en el Artículo 4 de la Ordenanza Nº 10108 (promulgado por Decreto Nº 2589/23 y rectificado por Decreto Nº 3344/23) establece el cargo de destinar al uso exclusivo del Superior Gobierno Tribunal de Justicia de Entre Ríos, con el fin de disponer de un espacio de usos múltiples para la utilización del personal del Poder Judicial y  que se acepte la Servidumbre Administrativa de Acueducto, regulada por Ordenanza Nº 10106 emanada de la Municipalidad de Paraná y Decreto Reglamentario Nº 1445/23, sin el derecho al cobro de las debidas indemnizaciones dispuestas en la mencionada Ordenanza”.

Competencia específica

En el proyecto se precisó que el “Artículo 59º de la Ley de Contabilidad Nº 5140 atribuye la competencia específica a las autoridades superiores de los Poderes del Estado y organismos especialmente autorizados por ley, o de los funcionarios a quienes aquéllas deleguen tal facultad, para aceptar las donaciones a favor de la Provincia”.

En el mismo sentido se indicó que “atento a la normativa reseñada precedentemente, el procedimiento de formalización de la voluntad de la Administración para el caso concreto requiere de dos etapas complementarias y sucesivas: la autorización exigida por el Art 81º segundo párrafo de la Constitución Provincial, competencia propia del Poder Legislativo, y la posterior aceptación de la oferta de donación, competencia material prevista para el Poder Ejecutivo”. (APFDigital)