ANMAT aplicó aranceles a medicamentos y dispositivos de alto costo: obras sociales y pacientes con discapacidad, sin salida

La Disposición 5461/2026 de ANMAT establece un arancel de hasta el 1,5% sobre el valor FOB de las importaciones de productos médicos y medicamentos de alto costo. El organismo comunicó internamente que no aceptará pedidos de exención y que las otorgadas hasta ahora quedan sin efecto. Pacientes con Certificado Único de Discapacidad y obras sociales en crisis quedan atrapados en un nuevo laberinto.
lunes 21 de septiembre de 2026 | 19:45hs.

Desde el 1° de septiembre rige la Disposición 5461/2026 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que establece un arancel por la intervención del organismo en el despacho a plaza de productos importados. El cargo se calcula como porcentaje del valor FOB de la mercadería: 1,5%, con una alícuota reducida de 1,25% para operaciones de mayor monto, y tiene topes de $5 millones para productos médicos y $12 millones para medicamentos.

Días después de su entrada en vigencia, el organismo que depende del ministro Mario Lugones comunicó internamente que no aceptará pedidos de exención y que las otorgadas hasta ahora quedan sin efecto. El pago del arancel pasó a ser condición para continuar cualquier trámite, incluso los iniciados por particulares.

A la fecha no se dictó el procedimiento ni el código de pago para aplicar el nuevo arancel, lo que mantiene frenados los trámites de pacientes con Certificado Único de Discapacidad (CUD), que no cuentan con un canal de atención definido.

Los reclamos de pacientes se acumulan y, por el momento, no hay respuestas oficiales. Las obras sociales y las prepagas, ya en crisis terminal en algunos casos, suman un nuevo arancel y quedan más cerca del colapso total, según advirtieron desde el sector, precisó infogremiales.com.ar.

El cobro se concentra en las importaciones de mayor complejidad y valor: dispositivos médicos Clase III y IV y medicamentos de alto costo. Como el arancel crece con el precio del producto, cuanto más caro es el tratamiento, mayor es el monto a pagar. Esta situación impacta directamente en pacientes con patologías graves y en personas con CUD, cuyos tratamientos dependen de insumos que no se producen en el país. La medida contradice la Resolución 1388/97 del Ministerio de Economía, que exime de derechos de importación y tasas aduaneras a los medicamentos y bienes que las personas con discapacidad necesitan para su tratamiento o rehabilitación. ANMAT sostiene que su normativa no prevé excepciones para organismos públicos, entidades del Estado ni particulares.

La Disposición 5461 invoca el proceso de desregulación iniciado en 2025, cuando ANMAT dejó de intervenir en la importación de productos médicos de riesgo I y II. El alivio alcanza a los productos de menor riesgo y valor, mientras que el nuevo costo se concentra en los tratamientos de mayor complejidad. La medida se suma al tratamiento del proyecto de Presupuesto 2027, que propone modificaciones al Nomenclador de Prestaciones Básicas de la Ley 24.901. Organizaciones de pacientes y asociaciones de discapacidad advirtieron que la combinación de ambas iniciativas podría dejar sin cobertura efectiva a miles de personas que dependen de medicamentos y dispositivos importados para sobrevivir. (APFDigital)