La Provincia reglamentó la ley de Control Vehicular de Peso para preservar las rutas entrerrianas

Se trata de la norma 10.975 con el objetivo de fiscalizar el peso de los transportes de carga. La Dirección Provincial de Vialidad actuará como autoridad de aplicación junto a la Policía de Entre Ríos para instalar puestos de control y aplicar el régimen de sanciones.

El Gobierno de Entre Ríos puso en vigencia la reglamentación de la ley provincial 10.975 de Control Vehicular de Peso, normativa que establece un marco regulatorio para fiscalizar las cargas que circulan por la red caminera entrerriana. La medida tiene como propósito central preservar el estado de las trazas, reducir el deterioro prematuro de la capa asfáltica provocado por el sobrepeso y reforzar la seguridad vial en los distintos corredores del territorio.

La norma prevé la instalación progresiva de sistemas integrales de pesaje, tanto mediante plataformas dinámicas como estáticas, y designa a la Dirección Provincial de Vialidad (DPV) como autoridad de aplicación. Para la planificación y ejecución de las inspecciones, la DPV coordinará tareas operativas de manera conjunta con la Dirección de Prevención y Seguridad Vial de la Policía de Entre Ríos.

El régimen aprobado determina la ubicación de los puntos de control, el procedimiento para el retiro de excedentes o cargas abandonadas y la responsabilidad solidaria entre el transportista y el cargador. La selección de los tramos y sectores donde se realizarán las inspecciones responderá a criterios técnicos, preventivos y estratégicos basados en el volumen de tránsito pesado y la conservación del trazado.

Asimismo, la Policía de Entre Ríos estará facultada para desplegar operativos de fiscalización, detener vehículos, solicitar la documentación correspondiente y labrar las actas de infracción en casos de incumplimiento, informando de forma posterior a la repartición vial.

Desde la Dirección Provincial de Vialidad destacaron que el fortalecimiento del régimen de control contribuirá a prolongar la vida útil de las rutas, optimizar la inversión pública destinada al mantenimiento caminero y asegurar condiciones equitativas de transporte de mercaderías para todas las empresas del sector. En el marco de la reglamentación, se definió además una escala de sanciones económicas calculadas en Unidades Fijas (UF), que varían según los kilogramos excedidos sobre los límites permitidos.

El esquema fijó multas que van desde las 154 UF para excesos registrados de entre 500 y 1.000 kilogramos, hasta las 20.000 UF para aquellas infracciones donde el sobrepeso detectado resulte igual o superior a los 14.001 kilogramos. (APFDigital)