CONTINUAN LAS ACTUACIONES JUDICIALES POR LA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PRESENTADA POR DOCENTES CONTRA LOS DESCUENTOS
PARANÁ, 11 ABR (APF.Digital)
Las docentes Susana Raquel Salgaro, Nora Martínez y Juana Selva Martínez promovieron una acción de inconstitucionalidad por los descuentos aplicados por días de paro contra el Consejo General de Educación (CGE) y el Gobierno de la provincia. También se interpuso una medida cautelar que fue rechazada por el juez de Instrucción Nº6, por entender que coincidía con lo que se pide en la cuestión de fondo. En tanto el planteo de inconstitucionalidad siguió su curso y se corrió traslado de la demanda a los accionados, es decir el CGE y el Gobierno, a fin de que comparezcan a contestarla dentro del término de 15 días.
Cumplido ese plazo, “las actuaciones se encuentran en vista fiscal”, se informó a esta Agencia. El expediente está en mano de la doctora Sandra Terreno “para que opine y puede pedir o no al juez medidas antes de que resuelva”, se indicó. “De ahí va a pasar directamente a Despacho del juez Maldonado para resolver”.
El caso había tomado relevancia cuando el gobierno hizo público un comunicado oficial en que anunciaba que la Justicia había “rechazado un reclamo de docentes por la devolución de los días no trabajados”. Tal situación generó la rápida reacción del sector docente y del abogado patrocinante Carlos Fenés que salió a desmentir tal rechazo.
El letrado se mostró molesto con la versión oficial que daba cuenta de un “rechazo” judicial al planteo realizado por las docentes Susana Raquel Salgaro, Nora Martínez y Juana Selva Martínez, ante el Juzgado de Instrucción Número 6, a cargo de Gustavo Maldonado y aseguró que el planteo “está prosperando”.
Concretamente, Maldonado dijo que “como la pretensión cautelar coincide con lo que se pide en la cuestión de fondo, por ahora no ha lugar a la medida cautelar. O sea, momentáneamente no hay lugar a la medida cautelar. Pero, si los medios informan que se rechazó le están transmitiendo a la gente que el juez la consideró inadmisible o improcedente, y no es así”, había señalado.
Finalmente la demanda prosperó y el juez corrió traslado a los accionados a fin de que comparezcan a contestarla. (APF.Digital)