Proponen equiparar por ley el régimen de licencias por adopción con el que rige por nacimiento
La Cámara de Diputados abordará el análisis de un proyecto de ley autoría de la diputada Mariana Gisela Bentos, de Juntos por Entre Ríos, que “propone modificar el régimen de licencias por adopción del empleado/a público/a de la Provincia, regulado mediante Ley N° 3289-ordenada por Decreto 5703/93 MGJE- del año 1993”. La diputada agradeció a Maximiliano Benítez y María Silvana Spais, presidente y secretaria, respectivamente, del Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines de Adopción de Entre Ríos (Ruaer) que “humildemente me han compartido este proyecto de ley”. Benítez es el Defensor General de la provincia.
La diputada sostuvo que “desde la época de sanción del régimen de licencias a la fecha, han transcurrido más de 30 años, periodo en el cual se ha modificado sustancialmente el plexo normativo en materia constitucional, de derechos humanos, de género y, en especial, del derecho de las familias”.
Recordó que “la Reforma Constitucional del año 1994, incorporó una serie de Tratados de Derechos Humanos y les otorgó jerarquía constitucional -el llamado Bloque de Constitucionalidad Federal. Dentro de estos Tratados, se destaca la Convención de los Derechos del Niño (CDN), que ya había sido ratificada por nuestro país mediante Ley N° 23849 en el año 1990. La Argentina sanciona posteriormente la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en el año 2005, y la Provincia de Entre Ríos hace lo propio mediante Ley Provincial N° 9.861 en el año 2008”.
En otro tramo de la argumentación, la diputada sostuvo que “en Entre Ríos, el Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines de Adopción (RuaeR) es el organismo que garantiza el tratamiento homogéneo e igualitario en todo el territorio provincial de las gestiones requeridas para quienes pretenden adoptar niños/as y/o adolescentes, siempre que reúnan los requisitos dispuestos en el Código Civil y Comercial de la Nación, la Ley N° 9.985 de la Provincia de Entre Ríos y normas complementarias”. Añadió que “toda esta normativa se complementa con otras leyes que van a terminar de direccionar a los procesos adoptivos hasta llegar a la regulación actual”.
En aquella línea, expresó que “resulta necesario aggiornar la normativa de licencias con motivo de adopción para los en nuestra Provincia, a los fines de ajustar sus postulados a los derechos reconocidos por el plexo normativo actual. En primer lugar, se propone equiparar los días de licencia con motivo de adopción a los previstos por nacimiento (maternidad), que actualmente se establece en 90 días dado que el artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación (CPCC) postula el principio de igualdad de efectos entre los distintos tipos de fuentes filiales: por naturaleza, por adopción y por técnicas de reproducción humana asistida (TRHA)”.
Destacó también que “el presente proyecto propone el otorgamiento de licencia con motivo de adopción en dos etapas, a fin de abarcar en su regulación las distintas y complejas etapas que un proceso adoptivo conlleva. La primera de ellas estaría dada por las instancias previas al inicio de un proceso de vinculación con fines adoptivos, a los fines de poder realizar los trámites administrativos que demande la inscripción en RUAER y/o para asistir a entrevistas señaladas por el equipo técnico de dicho Organismo y/o para concurrir a audiencias judiciales convocadas por los Juzgados de Familia del Poder Judicial”.
La segunda etapa propone también “significativas modificaciones al régimen actual-además del plazo ya referenciado-, en tanto contempla que el goce de la licencia inicie con antelación al otorgamiento de la guarda con fines adoptivos (la normativa actual hace referencia a ‘tenencia’), es decir, cuando se inicie el proceso de vinculación, regulado en el artículo 109 de la Ley Procesal de Familia de Entre Ríos (LPF)- Ley N° 10.668-“.
La diputada destacó la “mirada con perspectiva de género, la cual resulta obligatoria para el análisis y regulación normativa como la que se pretende, se propone que sea de aplicación indistinta para los/as agentes de la administración pública, sin distinción de sexo y en reconocimiento a todas las identidades sexuales. Asimismo, la norma proyectada prevé que en caso de tratarse de una pareja y ser ambos/as dependientes del Poder Ejecutivo, la licencia será para uno/a de ellos/as, pudiendo alternar en su uso”. (APFDigital)