2025-01-29

Un juzgado porteño declaró a siete canarios como sujetos de derecho en su calidad de seres sintientes

El Juzgado de 1° instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 1, los declaró como “sujetos de derechos”, en su calidad de “seres sintientes” y los entregó en custodia a una ONG. Las aves fueron rescatadas, junto a otros siete canarios más que terminaron falleciendo, en un allanamiento que se realizó en mayo de 2016 ante una denuncia por maltrato animal. Estaban hacinados en jaulas oxidadas y llenas de materia fecal acumulada y con movilidad reducida.

El Juzgado de 1° instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas de Buenos Aires resolvió “declarar como sujetos de derechos a los siete animales no humanos, de la especie ‘canario’, en su calidad de seres sintientes”; no hizo lugar “al pedido de devolución de las aves y de los elementos secuestrados en el marco de este proceso” y dispuso “la custodia judicial definitiva en cabeza de la ONG “Pájaros Caídos”, representada por la señora Clara Correa”.

Asimismo, autorizó a Correa  a que “en caso de considerarlo necesario y cuando las condiciones físicas de los animales lo permitan, a reubicarlos preferentemente mediante la adopción responsable o, inclusive, reinsertarlos en su hábitat natural”, dispuso “el decomiso de las jaulas secuestradas en el procedimiento realizado el dieciséis de mayo de 2023…” y ordenó “su entrega al Cuerpo de Investigaciones Judiciales o a otra entidad de bien público que determine la fiscalía interviniente”.

El caso

Los hechos fueron “constatados el 16 de Mayo de 2023 a las 8 aproximadamente, a consecuencia del diligenciamiento de la orden de allanamiento librada respecto del domicilio ubicado en…, oportunidad en la se constató la existencia de 12 animales domésticos – en concreto aves de la especies canarios (“serinus canaria doméstica”) – que se encontraban en situación de omisión de los cuidados pertinentes, y por ser mantenidos en condiciones deficitarias, en por falta de higiene y de ventilación, en espacios reducidos, afectándosele las condiciones de bienestar que gozan como seres sintientes”.

Según precisó Diario Judicial, se inició un proceso en el contexto de la Ley de Protección al Animal, malos tratos o actos de crueldad, tras una denuncia de maltrato animal, y luego de un allanamiento, se constató que los acusados tenían 14 canarios a los cuales no brindaban los cuidados pertinentes.

Condiciones

Se verificó que los pájaros estaban “mantenidos en condiciones deficitarias, por falta de higiene y de ventilación, en espacios reducidos, afectándosele las condiciones de bienestar que gozan como seres sintientes”. Todos estaban hacinados en jaulas oxidadas y llenas de materia fecal acumulada, con movilidad reducida, lo que afectaba su plumaje, pese a lo cual la defensa solicitó la devolución de los animales y las jaulas decomisadas.

El magistrado explicó que el auxiliar fiscal pidió que se declare como sujetos de derecho a 14 animales no humanos de la especie canario en su calidad de seres sintientes, lo que si bien no se encuentra expresamente establecido, por las “normas que aseguran la vida, la libertad y la tutela de aquellos, nos llevan a la conclusión de que ellos merece un reconocimiento especial, a efectos de brindarles una tutela judicial efectiva”, lo que llevaba a reconocerlos como tal.

El juez sostuvo que su postura también encontraba lugar en diferentes trabajos académicos y corrientes animalistas que buscan “liberar a los animales de la condición de cosas y concederles un lugar intermedio entre el humano y las cosas, como entes capaces de sentir y de sufrir”.

Respecto de la custodia de los animales, la ONG “Pájaros Caídos” explicó que tenía a su cuidado a solo siete canarios de los 14 secuestrados, dado que los otros habían fallecido por su estado deficitario o avanzada edad, por lo que el tribunal decidió que la custodia judicial definitiva recaería en la misma ONG, denegando el pedido de devolución de los acusados.

La institución se dedica a la protección y ayuda de aves en situación de vulnerabilidad, lo que para el juez implicaba que los canarios del caso podrían estar en mejores condiciones de vida estando en el refugio que si volvían al domicilio de la imputada, quien además padecía de una demencia.

También se autorizó a la representante de la ONG a reubicar a la especie ya sea bajo adopción responsable o para su reinserción en el hábitat natural, según lo considere necesario y las condiciones de los animales lo permitan.

Para el Cuerpo de Investigaciones Judiciales, en el caso se habían vulnerado las denominadas “cinco libertades”, “1. Libertad de sed, hambre y malnutrición; 2. Libertad de incomodidad; 3. Libertad de dolor, heridas y enfermedades; 4. Libertad para expresar su comportamiento normal; y 5. Libertad de miedo y aflicción”, lo que denotaba una ausencia de bienestar animal. (APFDigital)

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