2026-03-04

Qué falta para promulgarlas y cuándo podrían regir la reforma laboral y el régimen penal juvenil

Las autoridades nacionales están trabajando en los detalles finales de la reforma laboral y el nuevo régimen penal juvenil. Algunas medidas entrarán a regir inmediatamente, mientras que otras se demorarán unos meses.

Durante las últimas sesiones extraordinarias, el presidente Javier Milei logró que el Congreso le apruebe varios de los proyectos que había enviado, como la Reforma Laboral y el nuevo Régimen Penal Juvenil, por lo que ahora el Gobierno trabaja intensamente en la letra fina de cada norma con el objetivo de avanzar con sus respectivas implementaciones, que no serán inmediatas.

De acuerdo con lo que precisaron a Infobae fuentes al tanto de la situación, algunas medidas sí comenzarán a regir en los próximos días, mientras que otras demorarán un poco más y algunos puntos incluso tienen una fecha establecida para empezar a aplicarse.

El primer paso tras la sanción legislativa es la promulgación, y de esto se está ocupando activamente la secretaria de Legal y Técnica, María Ibarzábal Murphy, que tiene que revisar los textos antes de que sean publicados en el Boletín Oficial.

Por otra parte, en algunos casos faltará también que algunos artículos o partes específicas de las leyes mencionadas se reglamenten para que se aclaren las cuestiones operativas, aunque eso podría tardar incluso más.

 

Reforma laboral

En lo que respecta a los cambios en el sistema de trabajo, la misma iniciativa aprobada en el Congreso indica que, en el plano general, la ley entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Sin embargo, existen algunas salvedades, como es la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), mecanismo que el Gobierno impulsó para que los empleadores puedan hacer frente al pago de las indemnizaciones para los despidos sin justa causa.

Esta herramienta, básicamente, plantea que el que contrata deberá realizar aportes mensuales, que antes iban para la Anses, para armar un pozo que luego podrá utilizarse ante los eventuaes conflictos con el personal.

La norma indica que este nuevo esquema entrará en vigencia el 1º de junio de 2026, aunque el Poder Ejecutivo puede prorrogar esta fecha por un máximo de hasta 6 meses.

Algo similar ocurrirá con el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), a través del cual el Estado dará beneficios para el sector privado cuando se contrate a personas no registradas antes del 10 de diciembre de 2025 o que hayan sido monotributistas o empleados públicos.

En este caso, las exenciones impositivas regirán durante un año, contando a partir del primer día del segundo mes inmediato siguiente a la entrada en vigencia de la reforma laboral.

En cuanto al plan de Promoción del Empleo Registrado (PER), los empleadores tendrán un plazo de 180 días corridos para regularizar las relaciones laborales, contados desde la entrada en vigencia de la reglamentación de este título.

Por otra parte, el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) aplicará para inversiones productivas realizadas durante los 2 primeros años desde que la norma se publica en el Boletín Oficial.

Además, el proyecto también establecía un plazo determinado para la derogación de ciertas leyes, como la del Estatuto del Periodista, el Teletrabajo y las regulaciones de los Viajantes de Comercio, que dejarán de funcionar el 1º de enero de 2027.

Asimismo, también desde el 1º de enero, pero de 2028, ya no tendrán vigencia varios artículoes de las leyes de Cine y de Servicios de Comunicación Audiovisual.

 

Régimen Penal Juvenil

En lo que respecta a esta norma, que tiene como principal novedad la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, si bien el marco legal existirá a los 180 día de la publicación del régimen en el Boletín Oficial, también hay algunas consideraciones.

En este caso en particular, muchas de las demoras se podrían dar por la necesidad de contar con la infraestructura física que demanda el código, como los institutos para menos que se deberían construir, y la conformación del equipo interdisciplinario que intervendría.

Por ejemplo, el texto invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adecuar su legislación procesal penal y sus normas administrativas para adherir a este nuevo régimen, pero eso dependerá de cada jurisdicción.

En territorio porteño, la jefa del bloque de La Libertad Avanza, Pilar Ramírez, ya presentó un proyecto para que el distrito adopte esta ley, pero la iniciativa todavía no tiene fecha para ser tratada y las sesiones ordinarias recién comenzaron esta semana.

Además, la aplicación efectiva de la reforma depende de la asignación de recursos específicos detallados en el artículo 51, que destina un monto total de más de 23 mil millones de pesos para el ejercicio de su entrada en vigencia.

El Ministerio de Economía, que conduce Luis “Toto” Caputo, es el que tiene que terminar de aprobar este gasto y transferir los fondos a los organismos correspondientes, lo que demandaría algunos meses más.

Por último, el Poder Ejecutivo debe determinar una autoridad de aplicación para controlar la implementación de la normativa, para lo cual se espera que dicte una reglamentación.

De hecho, el texto señala que la Nación y las provincias podrán celebrar convenios de colaboración para cumplir con los estándares, como el traslado o alojamiento de adolescentes en otras jurisdicciones. Esto también será materia de negociación, señaló Infobae. (APFDigital)

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