Declaran nulo todo lo sustanciado en la causa contra fiscal designado por el Gobierno acusado de Defraudación
El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Rafael Cotorruelo, resolvió este miércoles declarar la nulidad de todo lo actuado y resuelto en las audiencias tramitadas ante el Juzgado de Garantías el 16 y 22 de diciembre de 2025, incluyendo la intimación del hecho imputado, el dictamen negativo de los acusadores que se opusieron al pedido de Suspensión del Juicio a Prueba o Probation que instaron los defensores y la consecuente denegatoria del juez de Garantías, Eduardo Ruhl.
La resolución se dio a conocer en la audiencia en la que se iba a resolver el pedido de Suspensión de juicio a prueba o Probation que solicitaron los defensores, Guillermo Mulet y Rubén Pagliotto, que asisten a Leonardo Schonfeld, que fue designado por el Gobierno como fiscal de la localidad de Villa Paranacito en el Departamento Islas y sobre quien pendía una denuncia por presunta defraudación fiduciaria en relación a la construcción de un edificio en calle Feliciano de Paraná.
En una detallada resolución, Cotorruelo entendió que “la imputación tal como fuera concretada e informada por el fiscal en la audiencia del 16 de diciembre ante el juez de Garantías no resulta adecuada para garantizar el correcto ejercicio del derecho de defensa de Leonardo Schonfeld, respecto a un adecuado análisis de la salida alternativa por él propuesta”
Cotorruelo manifestó que no solo se abocó al estudio de las resultas de las audiencias celebradas el 16 y 22 de diciembre del año pasado, en las que se debatió el pedido de Suspensión del juicio a prueba, sino también otras etapas del proceso que incluyeron la apertura de la causa el 12 de abril de 2023, la intimación formulada dos años después y la declaración de imputado que se concretó el 24 de julio de 2025, donde se le informó el hecho que se le imputó el 9 de diciembre de aquel año, y fue formalmente intimado en la audiencia del 16 de diciembre ante Ruhl.
Cotorruelo entendió que, previo a decidir sobre la apelación al pedido de Suspensión del proceso a prueba, correspondía tratar “un vicio o defecto previo, que afectó el correcto ejercicio del derecho de defensa en juicio”, que según sostuvo, “se encuentra en el objeto procesal, luego impacta en el dictamen fiscal que se opone al otorgamiento del beneficio de la suspensión del juicio a prueba y finalmente invalida la decisión del magistrado que, con apoyo en el mismo, deniega el mentado beneficio”. En este sentido entendió que se trató de “una nulidad absoluta” que afectó “una garantía esencial del imputado” que habilitó “su declaración de oficio”.
En lo concerniente al presunto perjuicio patrimonial que se investigaba, el magistrado señaló que “… ese dato no solo posee un grado de indeterminación, sino que fue estimado en forma diferente”, tanto “en el objeto procesal”, luego en la referencia del fiscal en su rechazo al pedido de la defensa, y por último, “en lo que aduce como daño causado el magistrado al denegar el beneficio”.
Así, señaló que pudo observar que en el hecho imputado el 16 de diciembre se tomó como daño patrimonial el resultado de considera los montos a valores históricos percibidos en carácter de “fiduciario” en función del “avance de obra” del edificio, estimado en un 60% que arrojó un valor, según la acusación, de 5.335.301 pesos a valores históricos.
El juez manifestó su incertidumbre respecto a cómo se arribó a aquella cifra, señalando que si así fuese no faltaría un 40% de obra a construir, monto que se derivaría de la “suma total histórica percibida” estimada en 12.490.754 pesos en concepto de “compra por boleto o adquiridas por contrato de adhesión al fideicomiso, tanto de departamentos como de cocheras” que según la acusación, Schonfeld habría sobrevendido a distintos inversores.
Cotoruello entendió que se trató de “un monto diametralmente distinto al tomado por el fiscal” cuando no acompaño el pedido de Probation, y usó como referencia el valor del metro cuadrado de construcción que a octubre de 2025 y multiplicado por la cantidad de metros que faltarían construir arrojaría una suma de 1.300.000.000 pesos.
Asimismo señaló que aquella cifra no coincidió con la que adoptó el juez de Garantías al denegar la salida alternativa, cuando consideró como “un hecho de gravedad inusitada” por una suma de 1.500.000.000 pesos. Cotorruelo entendió que esta cifra se correspondería con la actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) “del monto total percibido por el imputado en todo concepto, respecto del cual evidentemente, debería al menos detraerse al menos, siguiendo ese peculiar método de determinación del perjuicio, el 60%, esto es, lo efectivamente construido”.
El 20 de septiembre de 2025, el pliego de Schonfeld para ocupar el cargo de fiscal auxiliar en Villa Paranacito a propuesta del Poder Ejecutivo entrerriano, obtuvo el acuerdo constitucional de la Cámara de Senadores. El postulante-imputado sorteó el concurso para fiscal auxiliar que se realizó en 2028 y recién este año está cerrándose. Se espera la publicación de su designación en el Boletín Oficial (BO). (APFDigital)