Río Paraná: Entre Ríos limita a 650 toneladas el cupo de extracción de pescado hasta junio
El Gobierno de Entre Ríos, a través de la Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización, oficializó a través del Boletín Oficial Nº 28.315, mediante la cual se establecen las pautas para la actividad pesquera en el río Paraná durante el segundo trimestre del año. La medida busca equilibrar la actividad económica de los sectores artesanales y comerciales con la preservación biológica de las especies de peces.
Cupos y especies protegidas
Para los meses de abril, mayo y junio, las autoridades determinaron un cupo total de extracción de 650 toneladas para el sábalo y las denominadas especies acompañantes. Según el documento, se resalta especialmente la "prohibición de pesca comercial de la especie dorado (Salminus Brasiliensis) según Ley N° 11.174".
Con el fin de evitar excesos en la actividad, la resolución advierte que se dispondrá la "no emisión de guías de transporte de pesca una vez alcanzados los volúmenes autorizados".
Sustentabilidad y restricciones
En cuanto a la modalidad operativa, se mantiene el esquema de protección que limita la actividad a los días hábiles. La normativa establece taxativamente la "prohibición de la pesca comercial y tareas de acopio [...] los días sábado desde las CERO (0) horas hasta el día lunes a las VEINTICUATRO (24) horas, feriados nacionales y provinciales".
Esta decisión se fundamenta en los informes técnicos que sugieren regular la presión de pesca conforme a los patrones hidrobiológicos observados. Al respecto, la resolución destaca que el objetivo primordial es "garantizar la selectividad del arte de pesca, lo cual favorece la captura de ejemplares de talla adecuada, garantiza la viabilidad reproductiva y el equilibrio poblacional".
Coordinación regional y pesca deportiva
Un punto clave de la nueva norma es la intención de armonizar políticas con la vecina provincia de Santa Fe. El texto oficial subraya la necesidad de unificar criterios, "reconociendo que el río Paraná constituye un sistema ecológico continuo e indivisible", por lo que resulta pertinente proponer una paridad de condiciones entre ambas jurisdicciones.
Finalmente, para los aficionados a la pesca deportiva, la normativa confirma que se permite el "consumo social in-situ de las piezas capturadas y permitidas", siempre bajo el estricto cumplimiento de los tamaños y especies reglamentadas. El Director del área, Mario Francisco Zárate, advirtió que cualquier incumplimiento será pasible de las sanciones establecidas en la Ley de Pesca N° 4892. (APFDigital)