2026-05-27

Senadores analizaron proyectos: Consorcios Camineros y modificación de Ley de Obras Públicas

Este miércoles los legisladores continuaron abordando en comisión el proyecto de ley para la creación del Régimen de Consorcios Camineros. Por otro lado, dio comienzo el estudio del proyecto por el que se modifican artículos de la Ley N° 6.351 de Obras Públicas de la Provincia de Entre Ríos. Dieron sus aportes funcionarios del área Legal y Técnica del Gobierno de Entre Ríos.

Los senadores miembros de las Comisiones de Obras Públicas, de Hidrovía, Puertos y Transportes Multimodales, y de Legislación General, continuaron analizando un proyecto de ley unificado para la creación del Régimen de Consorcios Camineros.

Los legisladores vienen abordando este tema y avanzaron en realizar modificaciones al texto final, unificando un proyecto de ley con media sanción de la Cámara de Diputados, sumado al proyecto presentado por el senador Rafael Cavagna.

Este miércoles trabajaron en las últimas incorporaciones de aportes al texto, en temáticas relacionadas a llevar tranquilidad laboral al empleado de Vialidad, a contemplar que la información de los trabajos de consorcios sea accesible, al abordaje del tema infracciones cuando se rompen los caminos rurales, y al tema de los fondos para las obras. Se pautó para dentro de 15 días un nuevo encuentro de trabajo.

Modificaciones en la Ley de Obras Públicas

Posteriormente se llevó adelante una reunión de la comisión de Obras Públicas para el tratamiento del proyecto de ley por el que se modifican artículos de la Ley N° 6.351 de Obras Públicas de la Provincia de Entre Ríos. Para dar sus aportes a la iniciativa elaborada por el Poder Ejecutivo, estuvieron ante los senadores el coordinador Legal, Técnico y Administrativo de la Provincia, Leonel Rodríguez, y el coordinador de Asuntos Legales y Estratégicos de la Secretaría General de la Gobernación, Matías Plugoboy.

Desde el Poder Ejecutivo transmitieron que el proyecto tiene por objeto modernizar sus institutos, dotar de mayor eficiencia a los procedimientos de contratación y ejecución de las obras públicas, procura adecuar el régimen de obra pública provincial a las exigencias actuales y futuras de gestión, incorporando herramientas que permitan una actuación más ágil, eficiente y transparente del Estado, manteniendo incólumes los principios de legalidad, transparencia, concurrencia y control que rigen en la materia. La dinámica actual de la obra pública, caracterizada por la necesidad de dar respuestas ágiles a demandas sociales crecientes, especialmente en materia de infraestructura educativa, mantenimiento de edificios públicos y conservación de obras existentes, exige la adecuación del marco normativo vigente, incorporando herramientas que han demostrado resultados positivos en otras jurisdicciones.

Quien encabeza la comisión, el senador Juan Conti, dio la palabra a los funcionarios, quienes manifestaron que en base a detectar necesidades en la gestión en cuanto a obras públicas, se apuntó a tratar de mejorar con este proyecto que se viene elaborando desde hace bastante tiempo, y se inspira en la legislación de Mendoza. Los funcionarios detallaron cada una de las modificaciones y ejemplificaron cómo serían los procedimientos con la nueva normativa. “Son herramientas que están pensadas más allá de esta gestión, para un futuro beneficio para la provincia” remarcaron. Hubo varias preguntas por parte de los senadores presentes: Nancy Miranda, Ramiro Favre, Hernán Méndez, Gloria Cozzi, Patricia Díaz y Claudia Silva. Se acordó continuar el análisis del proyecto de ley en sucesivas reuniones de comisión, con el aporte de más voces especializadas en la materia.

Las reformas propuestas

El artículo 1º introduce una innovación relevante al prever que determinadas tareas de reparación y refacción de bienes inmuebles, cuando no superen ciertos umbrales económicos, puedan tramitar bajo el régimen de contratación de bienes y servicios. Por su parte, la modificación del artículo 4º amplía las posibilidades de ejecución de obra pública en función de la diversidad de relaciones jurídicas de derecho público existentes. De este modo, se supera una concepción restrictiva vinculada casi exclusivamente al dominio estatal, habilitando la intervención sobre inmuebles respecto de los cuales la Administración ostente posesión, tenencia o derechos reales de uso o servidumbre, siempre que medie un interés público comprometido. Esta ampliación resulta indispensable para facilitar la ejecución de políticas públicas en coordinación con otros niveles de gobierno o en el marco de esquemas de cooperación institucional.

La reforma del artículo 10º introduce, básicamente, sistemas de contratación destinados a la conservación de la obra pública, a través de la contemplación de los conocidos como contratos CReMa (Contratos de Recuperación y Mantenimiento) y el sistema abierto de contratación. En cuanto a la modificación del artículo 12º, se sistematizan y precisan los supuestos de excepción al principio de licitación pública, actualizándolos. La norma mantiene el principio general como regla, pero adecua los supuestos excepcionales a las necesidades operativas de la Administración, contemplando situaciones de urgencia, especialidad técnica, cooperación interadministrativa y financiamiento internacional, entre otras, en línea con estándares modernos de contratación pública.

Finalmente, la reforma del artículo 57º introduce un régimen claro y preciso en materia de pago de certificados y liquidación de intereses, con el objetivo de otorgar previsibilidad y seguridad jurídica a las partes. Se establecen plazos ciertos para el pago, se determina el momento a partir del cual se configura la mora automática y se regula expresamente el cálculo de intereses, su liquidación y los supuestos en los que no corresponde su reconocimiento. Asimismo, se incorpora la prohibición de capitalización de intereses, evitando distorsiones financieras, y se contemplan situaciones en las que la mora resulte imputable al contratista, excluyendo en tales casos el derecho al cobro de intereses. (APFDigital)

Te puede interesar