La Secretaría de Deportes reafirma su competencia para la habilitación de guardavidas en Entre Ríos
El gobierno provincial reafirma a la Secretaría de Deporte como organismo de aplicación de la normativa, la Ley Provincial Nº 9826, que establece la obligatoriedad del servicio de guardavidas en el ámbito de Entre Ríos y determina las competencias de la autoridad responsable de su regulación. Lo hace a través de la Secretaría General de la Gobernación, encabezada por Mauricio Colello, a través de la Secretaría de Deportes, a cargo de Sebastián Uranga.
En este marco, la Secretaría de Deportes tiene a su cargo la emisión, visado y revalidación anual de las libretas de guardavidas, siendo su máxima autoridad competente quien suscribe la documentación que acredita la habilitación correspondiente para el ejercicio de la actividad en la provincia. De acuerdo con las competencias establecidas por la Ley Provincial Nº 9826, la reválida realizada por la Secretaría de Deportes es la que tiene validez oficial para acreditar la habilitación de los guardavidas en el ámbito de la provincia de Entre Ríos. La normativa establece que la revalidación anual se realiza una vez aprobadas las instancias de competencia y el examen psicológico correspondiente.
La resolución establece las condiciones y requisitos que deberán cumplimentar los guardavidas para acceder a la reválida anual, de acuerdo con las disposiciones previstas por la normativa vigente y bajo los procedimientos establecidos por la Secretaría de Deportes. Entre los objetivos se encuentran relevar el estado de la planta de guardavidas y su formación, actualizar conocimientos y equiparar la preparación de los distintos grupos de profesionales.
Para acceder a la evaluación, los guardavidas deberán presentar la libreta oficial y el certificado anual de apto psicofísico emitido por la autoridad sanitaria correspondiente. Una vez aprobada la instancia, la Secretaría de Deportes registra la revalidación anual en la libreta física o, cuando se encuentre habilitado, mediante la emisión de un carnet digital.
La aprobación de la reválida requiere el cumplimiento de las instancias previstas en la resolución y de los requisitos de capacitación anual establecidos por la Secretaría de Deportes, de acuerdo con las condiciones y modalidades comunicadas oportunamente por el organismo.
De esta manera, la Secretaría de Deportes garantiza el proceso oficial de evaluación, emisión, visado y revalidación de las libretas de guardavidas en Entre Ríos, en cumplimiento de las competencias que le asigna la Ley Provincial Nº 9826. Las fechas, modalidades de inscripción y sedes de las evaluaciones serán comunicadas oportunamente por el área competente de capacitación del organismo. (APFDigital)