El Gobierno modificó la reglamentación de la Ley de Tránsito para facilitar la homologación de vehículos importados desde EE.UU
El Poder Ejecutivo modificó la reglamentación de la Ley Nacional de Tránsito para reconocer oficialmente una certificación emitida por las autoridades de Estados Unidos como acreditación suficiente de los requisitos de seguridad de determinados vehículos importados.
La medida quedó plasmada en el Decreto 796/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, mediante el cual se sustituyó el artículo 28 de la reglamentación de la Ley 24.449. El cambio incorpora el reconocimiento de la denominada "Blue Ribbon Letter", emitida por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA), organismo dependiente del Departamento de Transporte estadounidense, precisó el portal de información legislativa Parlamentario.
Según argumenta el Gobierno, el sistema vigente en Estados Unidos se basa en la autocertificación de los fabricantes respecto del cumplimiento de las normas federales de seguridad vehicular (FMVSS), bajo supervisión y fiscalización posterior de la NHTSA. En ese marco, considera que dicho régimen resulta funcionalmente equivalente al sistema argentino de homologación y permite verificar el cumplimiento de los estándares técnicos exigidos.
A partir de ahora, los vehículos fabricados bajo las normas FMVSS podrán ser homologados en la Argentina presentando la Blue Ribbon Letter, donde consten la marca, el modelo y los datos de identificación vehicular (VIN). El decreto establece expresamente que ese reconocimiento "no requerirá el cumplimiento de ningún requisito de seguridad adicional al exigido" por la autoridad estadounidense.
La norma señala que el objetivo es adecuar los procedimientos de acreditación para dotarlos de mayor eficiencia, en línea con principios de simplificación administrativa y reconocimiento de estándares técnicos internacionales.
No obstante, el decreto aclara que la aceptación de esta certificación extranjera no limita las facultades de fiscalización de las autoridades argentinas ni exime a fabricantes e importadores de sus responsabilidades. En ese sentido, quienes homologuen vehículos mediante este sistema tendrán la obligación de informar inmediatamente cualquier sanción, investigación, incumplimiento o campaña de retiro dispuesta por las autoridades estadounidenses y replicar las acciones correctivas correspondientes en el país.
Asimismo, el texto prevé que el incumplimiento de esas obligaciones podrá derivar en la suspensión o revocación de la homologación otorgada.
La reforma también ratifica que todos los vehículos cero kilómetro, nacionales o importados, deberán contar con la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA) para ser librados al tránsito público, aunque amplía los mecanismos mediante los cuales podrán acreditarse los requisitos exigidos para obtener esas certificaciones. (APFDigital)