Ley de Biocombustibles: Se suspendió Labor y no habrá sesión en el Senado
Sin acuerdos firmes en el proyecto de Ley de Biocombustibles, el Senado suspendió la reunión de Labor Parlamentaria convocada para este miércoles a las 14.00 y no habrá sesión ordinaria esta semana. De todas maneras, en el oficialismo creen que podrán llegar a un acuerdo e ir al recinto el jueves 17 de septiembre.
La Libertad Avanza pretende agrupar esta iniciativa junto a la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA), Inocencia Fiscal II, el RIIR y el traspaso de la Justicia de menores y de competencias penales a la Ciudad de Buenos Aires. La idea es conformar un temario más extenso y llevarlos a una sesión ordinaria la semana que viene.
Sin embargo, la puja que derivó en la suspensión de la reunión de Labor Parlamentario también se debió a una discrepancia con las pymes de las provincias productoras y la participación en el abastecimiento del mercado. Esta modificación aún está siendo discutida dentro de la Ley de Biocombustibles, publicó Parlamentario.
El proyecto
Impulsado por Patricia Bullrich, el nuevo régimen prevé una vigencia de 15 años. Actualmente, el marco regulatorio votado en 2021 cuenta con una vigencia hasta 2030.
En cuanto a los porcentajes de cortes obligatorios de biodiésel para el gasoil y bioetanol para las naftas, se propone: en el primer caso, pasar del 5% actual a un 7,5% y, en el plazo de un año desde la sanción de la ley, elevarlo al 10%; en el segundo caso, se mantiene por un año el 12% actual y, transcurrido un año desde la nueva ley, se lleva al 15%.
La autoridad de aplicación será la Secretaría de Energía, quien podrá "modificar excepcionalmente y mediante resolución fundada el referido porcentaje obligatorio, en función de asegurar el abastecimiento de la demanda ante situaciones comprobadas de escasez que afecten el mercado interno o por cuestiones técnicas y/o de calidad". "En ningún caso una reducción excepcional podrá extenderse por un plazo mayor a 90 días", agrega.
Otro de los artículos indica que "a los fines de garantizar la competencia, la participación por empresa elaboradora no excederá 20% del total de la cantidad anual de bioetanol comercializado en el corte obligatorio durante el año calendario correspondiente".
A su vez, se faculta a las provincias y la Ciudad a "establecer regímenes de fomento propios habilitando nuevas bocas de expendio que favorezcan la comercialización de manera opcional e incremental de cortes superiores a los mínimos obligatorios".
Por otra parte, se permite la libre importación de biocombustibles para ser utilizados en mezclas superiores al corte obligatorio y en los casos en los que hubiese faltante de oferta para satisfacer la demanda del corte obligatorio. No obstante, se aclara que "los biocombustibles destinados al cumplimiento del porcentaje de mezcla obligatoria con combustibles fósiles deberán haber sido elaborados en plantas habilitadas instaladas en la República Argentina y a partir de materias primas de origen nacional".
En el dictamen también se contempla que "a los fines del cumplimiento mensual de la mezcla obligatoria, se deberá instrumentar un sistema de subastas en un Mercado Electrónico que concentre la comercialización de manera única, transparente y de acceso público, operado por un organismo independiente con experiencia comprobada en negociación de productos energéticos, agropecuarios, financieros u otros, y bajo estándares internacionales de comercio". (APFDigital)