2026-09-14

Buscan eliminar toda excepción que permita el matrimonio antes de los 18 años

Presentaron un proyecto para modificar el Código Civil y Comercial con el fin de prohibir sin excepciones el matrimonio de menores de edad. La iniciativa también elimina las disposiciones sobre emancipación por matrimonio y adecua las normas vinculadas a nulidad matrimonial y responsabilidad parental.

La diputada nacional María Inés Zigarán (Provincias Unidas) impulsa una reforma del Código Civil y Comercial destinada a consolidar los 18 años como edad mínima e inderogable para contraer matrimonio en la Argentina. El proyecto deroga las excepciones actualmente vigentes que permiten, en determinados casos, que adolescentes menores de esa edad puedan casarse con autorización de sus representantes legales o mediante dispensa judicial.

La iniciativa propone eliminar el artículo 404 del Código Civil y Comercial, que habilita esas excepciones, y adecuar una serie de normas vinculadas con los efectos jurídicos que genera el matrimonio de personas menores de edad. Entre ellas se encuentran las disposiciones referidas a la emancipación por matrimonio, cuya regulación también sería derogada.

Además, el proyecto modifica los artículos relativos a la nulidad matrimonial para adaptarlos a la nueva regla y establece cambios en el artículo 645 sobre responsabilidad parental, manteniendo la necesidad del consentimiento expreso de ambos progenitores para determinados actos vinculados con hijos menores de edad.

En los fundamentos, Zigarán sostiene que la reforma busca fortalecer la protección integral de niñas, niños y adolescentes y adecuar la legislación argentina a estándares internacionales de derechos humanos. Señala que, aunque el Código ya establece los 18 años como edad mínima general para contraer matrimonio, la existencia de excepciones permite que ese límite pueda ser dejado de lado mediante autorizaciones parentales o decisiones judiciales.

La legisladora argumenta también que la eliminación de las excepciones constituye una herramienta preventiva frente a situaciones de matrimonios infantiles, arreglados o forzados, y cita recomendaciones formuladas a la Argentina por el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas en 2024 y por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en 2026, que instaron al país a fijar los 18 años como edad mínima para el matrimonio sin excepciones.

El texto aclara que la reforma no tendrá efectos retroactivos. Por ello, las personas ya emancipadas por matrimonio conservarán esa condición y los matrimonios celebrados antes de la entrada en vigencia de la eventual ley mantendrán su validez conforme a la legislación vigente al momento de su celebración.

La iniciativa fue girada a las comisiones de Legislación General y de Familias, Niñez y Juventudes, publicó Parlamentario. (APFDigital)

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