2026-09-16

Hacen lugar al abreviado por el chofer que ocasionó la caída de un pasajero que fue arrollado por el colectivo

El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Juan Malvasio, dio a conocer este miércoles que resolvió homologar el acuerdo de juicio abreviado por el siniestro vial en el que un hombre que descendía de un colectivo, en Paraná, perdió la estabilidad, cayó y fue arrollado por una rueda de la unidad. Cumplirá una pena condicional y no podrá manejar por ocho años.

El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Juan Malvasio, dispuso este miércoles hacer lugar al acuerdo de juicio abreviado que le presentaron la fiscal, Paola Farinó, y el defensor, Claudio Berón, que contó con el acompañamiento de la querella particular, a cargo de Pedro Fontanetto, y condenó a Amilcar Nicolás Hernández por el delito de Homicidio culposo por la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor, agravado por encontrarse el conductor bajo los efectos de estupefacientes.

Así, la causa que se abrió para determinar las circunstancias en que Ricardo Miguel Centurión perdió la vida tras caer del colectivo del que descendía y ser arrollado por una rueda de la unidad, concluyó con una condena de tres años de prisión de ejecución condicional, más la inhabilitación para conducir cualquier tipo de vehículo por el plazo de ocho años.

En la resolución, el juez consideró “concluyentes el Informe Técnico Pericial Ampliatorio elaborado por la División Accidentología Vial, en conjunto con los dichos de los testigos presenciales, que dan cuenta de que la víctima Centurión se encontraba aún tomado de la baranda del colectivo cuando el rodado retomó la marcha, así como el Informe Químico que constató la presencia de sangre humana en el neumático trasero derecho de la unidad, y el Protocolo de Autopsia que determinó que la causa de muerte fue shock hipovolémico provocado por las hemorragias en tórax, abdomen y pelvis, lesiones compatibles con el mecanismo descripto”.

Además de aquellas penas, Hernández deberá cumplir una serie de reglas de conducta, realizar tareas no remuneradas a favor de una institución de bien público a fijar por la Oficina de Medidas Alternativas (OMA), por 96 horas, o realizar un oficio por año durante la duración de la condena, debiendo acreditar periódicamente tal situación ante dicha oficina.

También realizará un curso de concientización vial a determinar por la OMA; y se abstendrá de ingerir bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas en la vía pública, e iniciará tratamiento por su problemática de adicciones.

Por último, deberá entregar, en concepto de reparación de los daños causados a las víctimas, $200.000, a abonar mensualmente entre los días 1 y 15 de cada mes, suma que se actualizará conforme al Índice de Precios al Consumidor cada seis meses. (APFDigital)

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