Financiamiento Universitario: el Gobierno apeló el fallo y demora el cumplimiento de la ley

El Poder Ejecutivo presentó un recurso contra el fallo que declaró inconstitucional el decreto y lo obligaba a entregar las partidas. Para el oficialismo, la sentencia causa “agravios concretos y de significativa gravedad institucional” ya que ordena la ejecución de la ley “sobre la base de una interpretación arbitraria y fragmentaria del régimen presupuestario aplicable”.

El Gobierno nacional apeló el fallo de la Justicia que declaró inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario y lo obligaba a cumplir con la normativa.

El recurso presentado por el Ministerio de Capital Humano rechaza la decisión del juez Martín Cormick que dejó sin efecto el Decreto 759/2025 por considerar que causa un “gravamen irreparable”.

Para el Gobierno, la sentencia causa “agravios concretos y de significativa gravedad institucional” ya que ordena la ejecución de la ley “sobre la base de una interpretación arbitraria y fragmentaria del régimen presupuestario aplicable y sin dar adecuada respuesta a defensas centrales oportunamente introducidas por el Estado Nacional”.

En ese sentido, apuntan que el cumplimiento de la normativa “proyecta efectos presupuestarios de gran magnitud y compromete el equilibrio de las cuentas públicas”, ya que argumentan que no identifica una “fuente de financiamiento específica y suficiente”.

Desde la cartera comandada por Sandra Pettovello cuestionaron la improcedencia del amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dado que no es una “vía idónea para resolver en forma definitiva una controversia que requiere determinar hechos, montos, fuentes de financiamiento y alcances normativos controvertidos”.

Sobre los recursos para su cumplimiento, remarcaron que afecta al equilibrio fiscal, y que la Ley 24.629 debe ser interpretada “armónicamente” junto con las leyes 24.156 y 27.798 que establecen normas para autorizar y ejecutar el gasto público.

“Si los mayores gastos deben financiarse mediante reasignaciones, ello supone necesariamente reducir créditos destinados a otras finalidades”, enfatizaron. En esa línea, aseguraron que la Ley de Financiamiento Universitario “exigiría reasignar el 90,30% de los créditos disponibles para gastos primarios del Estado Nacional”.

Por otro lado, manifestaron que la confirmación del fallo afectaría a la “división de poderes” al “imponer al Poder Ejecutivo la ejecución de gastos sin resolver previamente su compatibilidad con el régimen legal de administración financiera y con la Ley de Presupuesto vigente”.

De esta forma, el Gobierno busca revocar la sentencia que declaró parcialmente inconstitucional el Decreto 759/2025 y diluir los plazos para el cumplimiento de la ley, en medio de los reclamos del sector universitario para que se otorguen las partidas presupuestarias y se avance en la paritaria para docentes y no docentes.

La intimación de la Justicia

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick había vuelto a intimar al Poder Ejecutivo el pasado 30 de septiembre para que cumpliera de manera íntegra con la ley 27.795 de Financiamiento Universitario, al considerar que el Gobierno no acreditó la actualización salarial completa de docentes y no docentes ni la recomposición de todos los programas de becas estudiantiles exigidos por la norma.

La resolución, dictada en el marco de una causa colectiva iniciada por universidades nacionales, mantuvo firme la cautelar y ordenaba al Estado a cumplirla en un plazo de cinco días.

Actualización salarial: el juez detectó desvíos respecto del IPC

El primer punto analizado por el magistrado es el artículo 5° de la ley, que obliga al Ejecutivo a actualizar los salarios de docentes y no docentes desde el 1° de diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma, en un porcentaje no inferior a la inflación acumulada en ese período. Además, la ley exige convocatorias paritarias periódicas y la incorporación plena de sumas no remunerativas a los básicos.

Según el fallo, el Gobierno acreditó haber convocado a paritarias y haber emitido órdenes de pago, pero no demostró que los aumentos otorgados se ajusten al Índice de Precios al Consumidor (IPC), tal como exige la ley. Cormick subrayó que la inflación acumulada entre diciembre de 2023 y junio de 2026 —fecha en que la cautelar quedó firme— fue del 312,19%, y que las erogaciones informadas por el Ejecutivo “no alcanzan dicho incremento”.

El juez también recordó que los argumentos del Gobierno ya habían sido rechazados en septiembre, cuando se negó el levantamiento de la cautelar. Por eso, sostuvo que “no se ha agotado el alcance de la medida” y que la obligación de actualización salarial continúa vigente.

Becas estudiantiles: el Gobierno solo actualizó un programa

El segundo eje del fallo es el artículo 6° de la ley, que ordena la recomposición automática de todos los programas de becas —Progresar, Manuel Belgrano, Enfermería y otros— según la inflación acumulada desde el 10 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma, además del incremento progresivo de beneficiarios.

Cormick señaló que el propio informe del Ejecutivo reconoce haber actualizado únicamente las Becas Manuel Belgrano, bajo el argumento de que las demás no encuadran en la ley. El juez rechazó esa interpretación y afirmó que el cumplimiento informado “no cubre lo decidido cautelarmente”, ya que la norma menciona explícitamente a Progresar, Enfermería y otros programas.

Una cautelar firme y un nuevo ultimátum

Con estos elementos, el magistrado resolvió mantener el criterio fijado en su resolución del 22 de septiembre y volvió a intimar al Estado Nacional a cumplir la cautelar en un plazo de cinco días. El apercibimiento de astreintes —multas económicas por incumplimiento— permanece vigente, aunque aún no se hizo efectivo.

El fallo también desestimó el recurso de apelación en subsidio presentado por el Gobierno, al considerar que no existe un “agravio concreto y actual” que justifique su concesión.

Un conflicto que escala en el sistema universitario

La resolución de Cormick se inscribe en un escenario de tensión creciente entre las universidades públicas y el Gobierno por el financiamiento del sistema, la actualización de salarios y el sostenimiento de las becas. La ley 27.795, aprobada con amplio consenso parlamentario, fue presentada como un marco de protección frente al deterioro presupuestario y la caída del poder adquisitivo en el sector, publicó Diario.Ar.

Con este nuevo fallo, el juez reforzó la obligación del Ejecutivo de aplicar los mecanismos de actualización previstos por la ley y de garantizar la recomposición de los programas de becas, un punto clave para la permanencia estudiantil en un contexto de inflación persistente y recortes presupuestarios. (APFDigital)

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