Por amplia mayoría, Diputados aprobó penas contra el vandalismo rural

El proyecto sanciona la violación de la propiedad y los daños a elementos o infraestructura rural. Cómo quedarán las penas. El voto de los representates entrerrianos.

La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado un proyecto para penalizar el vandalismo rural, una vieja demanda de productores que tendrá impacto en el interior cordobés. La iniciativa fue impulsada por el pampeano Martín Ardohain (PRO), presidente de la Comisión de Agricultura y Ganadería, y obtuvo 162 votos afirmativos, 77 negativos y una sola abstención.

La iniciativa penaliza dos tipos de conductas: los actos de vandalismo contra elementos e infraestructura rural, y la invasión de la propiedad privada. Unión por la Patria acompañó las primeras sanciones (y logró incorporar agravantes), pero no apoyó lo vinculado a la intrusión en establecimientos.

Legisladores de Entre Ríos 

De manera afirmativa votaron: Beltran Benedit, Gustavo Bordet, Alicia Fregonese, Andres Laumann, Marianela Marclay, Guillermo Michel, Francisco Morchio y Darío Schneider. 

"Cuidar la producción agropecuaria importa por el abastecimiento de alimentos para la industria y el comercio, pero también para la generación de empleo. Para mí, acompañar esta reforma, significa defender la cultura del trabajo, le pedimos al Estado que cumpla con sus responsabilidades, entendemos que la libertad de producir necesita de instituciones que prevengan del delito", dijo el diputado crespense Schneider en el momento de utilizar su palabra. 

Michel, Marclay y Bordet votaron a favor de la ley de Vandalismo rural

Por su parte el actual legislador de La Libertad Avanza, Francisco Morchio, explicó los motivos del endurecimiento de las penas. "Este proyecto está inspirado en lo que pasaba en otro tiempo, momentos en el que odio movilizaba, y lo tenemos que decir, estaba generado por un gobierno nacional que fomentaba esto y hacía que se dieran hechos de vandalismo, por ejemplo las silobolsas eran vandalizadas solamente para hacer daño. Esto es catalogado como daño simple, lo que viene a cambiar esta reforma es que este tipo de delitos sean penales, agravados según el daño cometido dentro de ese campo".  

El único voto disidente provino de la banca de Blanca Osuna. 

Cómo quedaron las penas
En primer lugar, se incorpora como artículo 150 bis del Código Penal, en el Título “Delitos contra la libertad”, una pena de un mes a un año de prisión por invadir establecimientos rurales o sus dependencias, “contra la voluntad expresa o presunta de quien tenga derecho de excluirlo”.

Se presume que hay voluntad de exclusión cuando haya cerramientos, vallas, muros, alambrados o señales que indiquen la prohibición de ingreso. Además, se aclara que no se configurará el delito cuando el ingreso responda a “una necesidad justificada, razones de auxilio o cuando la configuración del lugar no permita distinguir claramente el límite con la vía pública”.

Una novedad que incorporó el proyecto es que el máximo de la pena se elevará a dos años cuando el ingreso obstaculice el desarrollo de la actividad productiva rural o genere un peligro concreto para la vida o la integridad física de las personas que se encuentran en el establecimiento, o para la sanidad de los animales o cultivos.

Por otra parte, se reprime con prisión de dos a ocho años y multa de tres a doce veces el valor del daño causado al que dañe una serie de elementos afectando de manera directa el ciclo productivo, el stock de materias primas o la infraestructura del establecimiento agropecuario.

Entre los elementos “especialmente protegidos” dentro de un amplio listado figuran cereales u oleaginosas todavía no cosechados o guardados en silobolsas, parvas o tolvas; una amplia gama de plantaciones y cultivos; ganado de cualquier especie; leña o carbón de leña.

La misma pena se aplicará por daños a instalaciones tecnológicas destinadas a la provisión de energía o extracción de agua, tales como paneles solares, bombas sumergibles, generadores o sistemas de riego; o cualquier otra instalación empleada para la cadena productiva en cuestión, alambrados, tranqueras, silos, corrales o reservas hídricas.

La pena mínima se elevará al doble si el autor o instigador es funcionario público o se dedica habitualmente a la actividad agropecuaria. Y a su vez, la pena máxima subirá a 10 años si el hecho es cometido por tres o más personas de manera coordinada; si provoca la pérdida total de la producción o frena el ciclo; o si intermedia la violencia. (APFDigital)

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