Contratos Truchos: La defensa del Alejandro Almada va este lunes por la revisión de la prisión preventiva

La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Carolina Castagno, escuchará este lunes desde las 12, los argumentos de la defensa de Alejandro Almada, a cargo de Miguel Cullen y Francisco Cuello, para lograr la morigeración de la prisión preventiva que cumple en la cárcel por la imputación que pesa sobre él en la causa que investiga la celebración de contratos truchos en la Legislatura.

El sábado 12 de septiembre último la jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, dispuso enviar envío a la cárcel de Paraná del imputado Alejandro Almada, acusado formalmente del delito de fraude a la Administración Pública en el marco de la causa “contratos truchos” de la Legislatura. El acusado deberá cumplir una medida de prisión preventiva de 30 días, la cual se extenderá tras las rejas hasta el próximo 13 de octubre, fecha en la que se podrá evaluar la prórroga o la morigeración de la medida de coerción.

Los 30 días de arresto preventivo fueron acordados entre el fiscal de la causa, Ignacio Aramberry, y el abogado defensor Miguel Ángel Cullen, acuerdo que fue homologado por la jueza Barbagelata. Asimismo, trascendió que durante el tiempo que dure la medida, las partes dialogarán sobre una salida alternativa mediante un juicio abreviado. En dicho acuerdo, Almada reconocería la comisión de los delitos y aceptaría una pena menor a la que solicita la Fiscalía en su pedido de remisión de la causa a juicio, la cual es de 10 años de cárcel de cumplimiento efectivo.

El 13 de este mes el juez de Garantías Julián Carlos Vergara -que subrogó a Barbagelata- prorrogó por 30 días más la preventiva en la cárcel de Almada. Pero el defensor Miguel Cullen apeló esa decisión, y el planteó será analizado en audiencia este lunes, a las 12, por la jueza de juicio María Carolina Castagno, consignó Entre Ríos Ahora y replicó Análisis Digital.

Durante el desarrollo de la audiencia que se desarrolló en septiembre pasado ante la jueza Barbagelata, el fiscal Ignacio Aramberry fundamentó detalladamente los motivos que justifican la prisión preventiva del imputado, haciendo especial hincapié en el riesgo de fuga y el quiebre de las pautas de conducta impuestas previa y formalmente. El fiscal explicó a la jueza que Almada incurrió en la falsedad del domicilio real que había declarado para permanecer vinculado al proceso.

“Entendemos que se configura la falsedad del domicilio real y esto es considerado indicio de fuga. Se verificó la transgresión a las normas de conductas impuestas el 15 de marzo de 2019 . El domicilio fue ratificado en el inicio de la remisión del caso a juicio, donde se remitió una planilla firmada por el imputado. La fiscalía no ha tenido oportunidad de considerar que el imputado haya informado un cambio de domicilio”, dijo.

Además, Aramberry remarcó que otra de las reglas vigentes era la prohibición de ausentarse de Paraná sin previo acuerdo de la Fiscalía o autorización judicial. Al respecto, sostuvo: “Estas son las pautas que fueron infringidas por el imputado al falsear su situación de residencia”. “Esto exhibe cierta falta de arraigo en la ciudad donde había constituido el domicilio para estar vinculado a la causa y a las facilidades para ocultarse. Constituye un riesgo probable de fuga. Todas las veces que ha pasado la frontera. De mantenerse oculto y más que nada en una zona de triple frontera, donde tiene una estructura económica familiar fuera del país para, de alguna manera, quebrantar esta inhibición general de bienes impuesta en la causa”.

El representante del Ministerio Público Fiscal contextualizó además el momento procesal en que se encuentra el expediente y la expectativa de pena como factores que intensifican el riesgo de evasión: “En cuanto a la expectativa de pena, hemos pedido una pena de cumplimiento efectivo de diez años de prisión”. Enseguida, subrayó: “Esta causa está próxima a remitirse el caso a juicio donde el riesgo de fuga se amplía exponencialmente. En este caso es más palpable la situación de la posible imposición de una pena. De todas maneras, también este riesgo de fuga debe analizarse con el posible entorpecimiento de la causa. En el sentido de que la radicación de negocios familiares fueras del país, infringiendo la inhibición general de bienes que pesaba sobre el imputado y su pareja”. (APFDigital)

 

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