Quedó firme la condena impuesta a una mujer culpable de planear y ejecutar en Nogoyá el crimen de la esposa de su amante

El martes 3 se comunicó a las partes que quedó firme la sentencia a prisión perpetua que se dictó, tras el veredicto de culpabilidad al que arribó un jurado popular el 20 de noviembre de 2025, en la causa que investigó el crimen de una docente de Nogoyá. La condenada cumple la condena a prisión perpetua en la Unidad Penal Nº6 de Paraná.

El juez de Garantías de Gualeguay, Roberto Cadenas, informó a las partes que se aprobó el cómputo de pena practicado a María Elena Irusta, que fue declara culpable el 20 de noviembre de 2025 por un jurado popular en el juicio que se realizó por el crimen de la docente, Beatriz Fernández, ocurrido en abril de 2024, en su vivienda en Ruta 12.

Mujer fue condenada por planear y ejecutar el homicidio de la pareja de su amante en Nogoyá

La notificación dio cuenta del envío al Juzgado de Ejecución correspondiente de las constancias pertinentes para iniciar el contralor de la pena. También se informó que “por el momento no se pone a su disposición a la referida Irusta en virtud que la nombrada actualmente se encuentra detenida en la UP 6 de Paraná exclusivamente a disposición de la Cámara de Casación Penal de la ciudad de Paraná en virtud de haber sido recurrida por la nombrada y su defensa la denegatoria de la morigeración de la prisión carcelaria oportunamente dispuesta por este tribunal de juicio”.

Irusta fue condenada a prisión perpetua porque un jurado popular determinó su participación en el asesinato de Fernández, que tenía 62 años en abril de 2024, cuando fue asesinada en su casa en Ruta 12, en zona de Villa 3 de Febrero. El jurado entendió que era culpable de del delito de Homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de coautora.

En el debate, el juez técnico, Javier Cadenas, vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, le impuso en la audiencia de cesura tras el veredicto del jurado, la pena de prisión perpetua, por planear y ejecutar el homicidio de la pareja de su amante,

Proceso

Durante la etapa de investigación, se determinó que el crimen fue cometido por tres personas. Hugo del Luján Bonadeo, cónyuge de la víctima; Gustavo ‘Murdoc’ Quinodoz e Irusta. Sin embargo, sólo los dos primeros reconocieron su participación en un juicio abreviado realizado en agosto ante el juez de juicio de Gualeguay, Dante Tortul. Ambos aceptaron la pena de prisión perpetua.

Esta última sentencia -la de Irusta- fue tomada por los miembros del jurado tras una serie de testimonios clave, siendo uno de los más impactantes el de “Murdoc” Quinodoz.

El autor confeso del crimen relató con detalles cómo fue contactado por Irusta para llevar a cabo la acción que finalmente resultó en la tragedia.

Durante su testimonio, el acusado dejó en claro que lamentaba profundamente su involucramiento y, visiblemente afectado, aseguró: “Yo no nací para matar”. “El peor error de mi vida fue quitarle la vida a una persona”, agregó, según reprodujo el portal Del Éxodo Nogoyá.

Quinodoz también reveló que, aunque le habían ofrecido una importante suma de dinero por su acción, solo recibió una fracción del monto prometido, concretamente 50 mil pesos. Tras su declaración, pidió justicia para Fernández y reiteró su deseo de que se conozca toda la verdad, un testimonio que sin duda fue determinante en el proceso.

El juicio, que tuvo lugar esta semana, se caracterizó por la intensidad de los testimonios y la confrontación de versiones opuestas. Mientras Quinodoz detallaba la implicación de Irusta, la propia imputada amplió su declaración el jueves, rechazando algunas conclusiones de los peritajes psicológicos realizados sobre su persona y afirmando que no había estado involucrada en la planificación de lo ocurrido. En un breve careo con Quinodoz, la tensión en la sala fue palpable, pero no se llegaron a nuevos elementos que pudieran cambiar la dirección del caso.

El Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal Maite Burruchaga, defendió la tesis de que Irusta había sido la “jefa de la banda” y la principal orquestadora del hecho.

Según la fiscal, la motivación detrás de este crimen fue de naturaleza económica, relacionada con las tensiones que existían debido a los compromisos que Bonadeo había asumido con Fernández. Para la fiscalía, la declaración de Quinodoz coincidió con el resto de las pruebas recabadas, lo que reforzó la acusación de que Irusta tenía la capacidad de liderar y planificar el hecho.

En contraposición, la defensa de Irusta, encabezada por el abogado Augusto Lafferriere, pidió la absolución de la imputada. Según el letrado, no existieron pruebas suficientes que demuestren que Irusta haya sido la organizadora del crimen, señalando que la autoría material fue asumida únicamente por Quinodoz. Además, argumentó que no se había demostrado la presencia de Irusta en el lugar de los hechos ni su participación directa en el acontecimiento. (APFDigital)

Te puede interesar