Piden que se abra proceso de jury contra el Defensor General y una Jueza de Garantías de Paraná

Es por la concesión de una Probation a un defensor oficial que fue acusado de un supuesto caso de violencia de género. Al defensor general, Maximiliano Benítez, le atribuyen sostenerlo en el cargo a pesar de la denuncia; y a la jueza de Garantías, Marina Barbagelata, por haber otorgado “irregularmente” el beneficio a un funcionario público a pesar de estár expresamente vedado por las normas. Se recusó a un integrante del Jury. Se trata de Gonzalo García Garro, por "incompatibilidad manifiesta".
martes 11 de febrero de 2025 | 12:01hs.
Foto: Análisis
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El abogado defensor de Victoria, Guillermo Reggiardo, presentó este martes, a minutos de las 10, un pedido de apertura de jury ante el Honorable Jurado de Enjuiciamiento (HJE) de la provincia contra el defensor general de la provincia, Maximiliano Benítez, y la jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, por sus supuestas responsabilidades en torno a la concesión de una Suspensión del juicio a prueba o Probation que se le concedió  a un defensor público suplente en el contexto de una denuncia por un supuesto hecho de violencia de género en contra de su pareja.

En la presentación, el denunciante sostuvo que “tanto Marina Barbagelata como Maximiliano Benítez han incurrido en graves irregularidades funcionales, vulnerando los principios de legalidad, idoneidad, transparencia e independencia judicial en el ejercicio de sus cargos”. Añadió que “sus decisiones y omisiones no solo afectan el correcto funcionamiento del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Defensa, sino que además constituyen un atentado contra los derechos fundamentales de las personas más vulnerables, en particular las mujeres y los niños, cuyas garantías han sido ignoradas en favor de privilegios corporativos e intereses personales”.

También cuestionó que “la permanencia de ambos funcionarios en el sistema judicial socava la confianza pública en la Justicia y agrava la crisis de legitimidad institucional. Los estándares internacionales en materia de derechos humanos, equidad de género y protección de la niñez, a los cuales la Provincia de Entre Ríos se encuentra obligada por tratados internacionales de jerarquía constitucional (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional), exigen que los sistemas judiciales actúen con absoluta imparcialidad y compromiso en la defensa de estos derechos, lo cual ha sido flagrantemente incumplido en los casos aquí denunciados”.

Además señaló que “en este contexto, permitir la continuidad de un funcionario del Ministerio Público que fue imputado por violencia de género, beneficiado con una probation ilegal y sostenido en su cargo por la máxima autoridad del organismo, no solo es jurídicamente inadmisible, sino que además coloca a la Provincia de Entre Ríos en una posición de incumplimiento de sus compromisos internacionales. Por otro lado, la inobservancia del deber de control de legalidad por parte de Marina Barbagelata, en un caso en el que un magistrado imputado recibió un beneficio indebido por parte del sistema judicial que debería garantizar la aplicación estricta de la ley, constituye una grave afectación a la independencia y credibilidad del Poder Judicial”.

También resaltó que “la sociedad entrerriana ha sido testigo de la degradación institucional producto de la falta de transparencia y de la protección de intereses espurios dentro del Poder Judicial. La confianza pública en la Justicia ha sido severamente erosionada por este tipo de decisiones que contradicen los principios más básicos del Estado de Derecho y de la lucha contra la impunidad en casos de violencia de género y abusos de poder”.

Recusación

Reggiardo volvió a recusar al abogado Gonzalo García Garro, que integra el HJE en representación del Colegio de la Abogacía. Le atribuye una supuesta “ Incompatibilidad funcional derivada de su designación como asesor del Presidente del Tribunal de Cuentas”. Así, señaló que “García Garro fue designado asesor del Presidente del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos, lo cual genera una incompatibilidad manifiesta con su función en el Honorable Jurado de Enjuiciamiento”.

El denunciante expresó que “García Garro debe ser recusado por razones de incompatibilidad funcional, conflicto de intereses y falta de idoneidad moral para integrar el Honorable Jurado de Enjuiciamiento. Su permanencia en el proceso compromete la independencia y la transparencia del procedimiento, afectando las garantías de debido proceso y juicio justo”.

Petitorio

Reggiardo solicitó en su presentación que “se me tenga por presentada la denuncia y por constituido el domicilio procesal. Se inicie el procedimiento de enjuiciamiento contra el Defensor General Maximiliano Benítez y la jueza Marina Electra Barbagelata. Se tenga por recusado al doctor, Gonzalo García Garro, por carecer de idoneidad moral para resolver el presente planteo. Se disponga la remoción de ambos funcionarios por mal desempeño” y que “se remitan los antecedentes a la justicia penal para investigar la legalidad” de la Probation concedida al defensor público.

El denunciante acusó al “Defensor General de la Provincia de Entre Ríos, Maximiliano Benítez, por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, en virtud de sostener en el cargo a un defensor oficial suplente, Fernando Álvaro Callejo, quien ha sido condenado a una suspensión de juicio a prueba por violencia de género contra su ex pareja y en presencia de su hijo menor de edad”.

Respecto de Barbagelata, lo hizo “por haber otorgado irregularmente el beneficio de suspensión de juicio a prueba a un funcionario público, lo cual está expresamente vedado por el ordenamiento jurídico”.  Añadió que “ha incurrido en mal desempeño de sus funciones al incumplir con su deber fundamental de control de legalidad en el proceso penal, lo que constituye una causal expresa de remoción conforme al artículo 218 de la Constitución de Entre Ríos, el cual establece que los jueces pueden ser removidos cuando incurren en ‘mal desempeño de sus funciones, desorden de conducta o por delitos en el ejercicio de sus funciones’”.

El denunciante expresó que “la jueza Barbagelata desnaturalizó su función jurisdiccional al conceder una suspensión del juicio a prueba (probation) sin reparar en su manifiesta ilegalidad, favoreciendo a un funcionario judicial imputado por violencia de género, lo que implica una grave transgresión a su deber de control de legalidad”. Añadió que “la jueza Barbagelata autorizó un beneficio procesal indebido a favor de un Defensor Público imputado por violencia de género” y enumeró las razones que lo harían “inadmisible”. (APFDigital)