Uno de los secretarios generales de la CGT deberá pagar millonaria indemnización por una protesta sindical por salarios

Se trató del bloqueo a una estación de servicio en medio de una protesta sindical por reclamos salariales. Carlos Acuña, líder del Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicios, GNC, Garajes, Playas de Estacionamiento y Lavaderos de Autos de la Capital Federal y Provincia de Buenos Aires (SOESGyPE) fue condenado por el delito de Coacción en calidad de autor, por el bloqueo realizado el 21 de diciembre de 2021. El fallo fue leído como un precedente en la criminalización de la protesta sindical.
martes 29 de julio de 2025 | 18:04hs.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 18 de la Capital Federal condenó a Carlos Acuña, secretario general del Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicios, GNC, Garajes, Playas de Estacionamiento y Lavaderos de Autos de la Capital Federal y Provincia de Buenos Aires (SOESGyPE) y uno de los secretarios generales del Triunvirato que conduce la Confederación General del Trabajo (CGT), a pagar una indemnización de 8.000.000 pesos a una estación de servicio. Además, se le impuso realizar trabajos comunitarios por cuatro horas mensuales.

La condena, según el fallo que informó Infobae, fue por una protesta sindical del gremio el 21 de diciembre de 2021 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Acuña estaba procesado y embargado desde noviembre de 2024 a partir de una resolución de la Sala 4 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que revocó el sobreseimiento judicial que lo había beneficiado en septiembre de 2024.

El dirigente sindical fue procesado y embargado porque la Justicia lo consideró responsable del delito de coacción en calidad de autor por el bloqueo contra la estación de servicio ubicada en avenida Jujuy y México, en Capital Federal, y de otras tres ubicadas en las localidades de Vicente López, Lomas de Zamora y San Pedro, que se realizaron el 21 de diciembre de 2021. Ese día, según el fallo, Acuña, al frente de trabajadores de su gremio, “bloqueó los accesos a la playa e impidió trabajar a los empleados, retirándose recién a las 16.30″, según el fallo.

El fallo fue leído como un grave precedente en la criminalización de la protesta sindical. Se entendió que la Justicia avaló la penalización de una medida de fuerza como si no se tratara de un conflicto laboral y fuera parte de una maniobra extorsiva criminal. Acuña fue acusado de “dirigir” el bloqueo de la estación de servicio en CAB en 2021, en medio de negociaciones salariales. La protesta fue acotada y no estuvo en el lugar, según sostuvo en su defensa.

Acuña fue sobreseído en esta causa por un tribunal en primera instancia. Sin embargo, la Sala IV revocó la decisión, dispuso su procesamiento y el embargo de sus bienes, y la Sala VII lo confirmó. (APFDigital)