La Sala Penal denegó los recursos extraordinarios federales en la causa Urribarri-Haidar-Cardona Herreros

La Sala N° 1 en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (Stjer), por mayoría, resolvió denegar la concesión de los recursos extraordinarios federales interpuestos por las defensas de Sergio Daniel Urribarri, Carlos Marcelo Haidar y Diego Armando Cardona Herreros, para acceder ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En el desarrollo de su voto, el vocal Miguel Ángel Giorgio recordó que el recurso extraordinario federal es una vía excepcional y de aplicación restringida, destinada a aquellos supuestos en los que se encuentra comprometida una cuestión federal en los términos establecidos por el artículo 14 de la Ley N° 48.

En ese marco, consideró que los planteos formulados por las defensas de Urribarri, Haidar y Cardona Herreros, no encuadraban en los supuestos de procedencia de esa vía extraordinaria y que los agravios expuestos no demostraban de manera suficiente la existencia de arbitrariedad en la resolución cuestionada.

El magistrado señaló además que los abogados defensores reiteraban planteos que ya habían sido tratados en las instancias ordinarias y por la propia Sala Penal. Finalmente concluyó que los recursos extraordinarios resultaban inadmisibles. 

Por su parte, la vocal Susana Medina adhirió al voto del vocal Giorgio.

El vocal Daniel Carubia consideró que los recursos cumplían con los requisitos formales de admisibilidad previstos en los artículos 14 y 15 de la Ley N° 48 y que los planteos de las defensas involucraban una cuestión federal vinculada con garantías constitucionales y convencionales.

Para Carubia, los escritos contenían una crítica concreta y razonada de los fundamentos de la decisión recurrida y planteaban agravios que podían configurar una cuestión federal suficiente para habilitar la instancia extraordinaria. De esa manera entendió que debían conceder los recursos para su tratamiento ante la CSJN.

Las defensas cuestionaron, entre otros aspectos, la incorporación y legalidad de determinada evidencia digital obtenida de un dispositivo MacBook, así como distintos aspectos vinculados con las pericias informáticas, la cadena de custodia y la validez de elementos probatorios que pretendían excluir antes del juicio oral. También invocaron afectaciones a garantías constitucionales, al debido proceso y al derecho de defensa.

Los recursos extraordinarios habían sido interpuestos contra la decisión de la Sala Penal del Stjer, que había rechazado los recursos de queja planteados por las defensas contra una resolución de la Cámara de Casación Penal. (APFDigital)