2026-04-25

El STJ anuló un fallo y ordenó garantizar el derecho de las víctimas a ser escuchadas

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) anuló una resolución de la Cámara de Casación Penal de Concordia por considerar que vulneró los derechos de las víctimas al no permitir que fueran oídas durante el proceso. Además, ordenó que se dicte un nuevo fallo con la intervención de otros magistrados y respetando las garantías establecidas por la ley.

La decisión se tomó en el marco de la causa por la muerte de Oscar Pisani, quien fue embestido por un vehículo conducido por Felipe Van Derdonkt, que manejaba alcoholizado y a alta velocidad. Por ese hecho, en febrero de 2024 el Tribunal de Juicio de Concordia lo condenó a tres años de prisión efectiva.

Posteriormente, la defensa del condenado apeló la modalidad de cumplimiento de la pena para que pudiera transitarla en libertad. La Cámara de Casación hizo lugar al planteo, pero resolvió sin habilitar la intervención de la abogada de la familia de la víctima.

Frente a esa situación, la familia Pisani recurrió al STJ al entender que se habían vulnerado sus derechos al no ser escuchada su posición en el proceso.

El máximo tribunal provincial hizo lugar al planteo por unanimidad, tras convocar a una audiencia en la que sí escuchó a las partes. En su resolución, anuló el fallo de Casación y dispuso que el caso sea tratado nuevamente por otros jueces, con pleno respeto a la Ley 27.372.

En sus fundamentos, el STJ remarcó que el derecho de las víctimas a ser oídas no se limita únicamente a su intervención directa, sino que también incluye la participación de sus representantes legales. En ese sentido, subrayó que es en el patrocinio jurídico donde las víctimas depositan la confianza para el ejercicio efectivo de sus derechos.

El fallo sienta un precedente relevante en la provincia al reforzar la obligación de los tribunales de garantizar una participación real y efectiva de las víctimas en los procesos judiciales. (APFDigital)

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