2026-05-16

El fuero Contencioso anuló el resto de las cautelares que frenaban la Reforma Laboral en diferentes actividades

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 dejó sin efecto medidas dictadas por el juez laboral Raúl Ojeda. El Ejecutivo busca concentrar las causas en ese fuero mientras avanza la discusión de fondo por la Ley 27.802.

La judicialización de la reforma laboral sumó un nuevo capítulo favorable al Gobierno. Es que el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 hizo los deberes libertarios y dejó sin efecto medidas cautelares que habían sido concedidas por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°63, a cargo de Raúl Horacio Ojeda, en causas promovidas por sindicatos contra la Ley 27.802 de Modernización Laboral.

La decisión se conoció luego de que ese mismo tribunal rechazara, el pasado 8 de mayo, la cautelar solicitada por la CGT en el expediente colectivo principal. A partir de ese criterio, la jueza entendió que debían quedar sin efecto otras resoluciones dictadas por el fuero laboral, al considerar que ese ámbito ya había sido declarado incompetente para intervenir en las causas vinculadas con la reforma, precisó infogremiales.com.ar.

La resolución se produjo a partir de una presentación del Ministerio de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello, y de la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Sebastián Amerio, que habían reclamado la nulidad de las cautelares obtenidas por gremios ante la Justicia del Trabajo.

En el fallo, el tribunal sostuvo: “En atención a lo resuelto en la causa N°10308/2026 ‘Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ acción declarativa’ con fecha 8/5/2026, se deja sin efecto la medida cautelar concedida por el Sr. Juez en lo laboral que fue declarado incompetente para intervenir”.

El nuevo fallo se apoya en una discusión clave dentro de la judicialización de la reforma: qué fuero debe intervenir en los planteos contra la ley. Para el Gobierno, las causas deben quedar concentradas en la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal, donde tramita el expediente colectivo principal.

Esa posición había tenido un respaldo la semana pasada, cuando el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 hizo lugar a una presentación del Ejecutivo, patrocinada por la Procuración del Tesoro, y ordenó remitir a ese fuero todas las causas vinculadas con la reforma laboral.

En ese contexto, el juez Raúl Ojeda terminó enviando los expedientes que todavía permanecían en su juzgado. La decisión permitió avanzar en la unificación de las presentaciones contra la Ley 27.802 y reducir el escenario de fallos dispersos en distintos tribunales.

La competencia del fuero contencioso también había sido respaldada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que sostuvo que la causa principal sobre la constitucionalidad de la reforma debía quedar bajo esa órbita y no en la Justicia laboral.

La resolución está directamente vinculada con lo decidido el 8 de mayo, cuando el mismo juzgado rechazó la medida cautelar solicitada por la CGT en el expediente colectivo contra el Estado Nacional.

La central obrera había pedido suspender provisoriamente más de 80 artículos de la reforma mientras avanzaba el planteo de fondo sobre su constitucionalidad. Sin embargo, el tribunal rechazó esa solicitud y mantuvo vigente la ley durante el trámite judicial.

A partir de ese precedente, el juzgado entendió que correspondía dejar sin efecto otras cautelares dictadas por el fuero laboral en expedientes impulsados por sindicatos. Para el tribunal, esas medidas habían sido concedidas por un magistrado que ya no tenía competencia para intervenir. (APFDigital)

Te puede interesar