2026-07-17

Suspendieron los aportes para desenvolvimiento institucional de 20 partidos políticos

Así lo dispuso la jueza federal con competencia electoral Maria Servini, en relación a una veintena de agrupaciones con asiento en Capital Federal. La medida, tomada de manera cautelar, se debe a que no presentaron los balances correspondientes a 2025. Intervención de la Fiscalía Nacional Electoral, a cargo del fiscal federal Ramiro González.

En línea con lo planteado por la Fiscalía Nacional Electoral, a cargo del fiscal federal Ramiro González, 20 agrupaciones políticas con asiento en la Capital Federal (como se denomina al distrito electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) fueron sancionadas con la suspensión de los aportes públicos que pudieran recibir del Estado, a través de la Dirección Nacional Electoral, por no haber presentado para su control los balances correspondientes al ejercicio económico del 2025.

La resolución fue firmada por la jueza federal con competencia electoral del distrito Maria Servini tras un pedido de la fiscalía, que había indicado que ante el incumplimiento de las agrupaciones debía suspenderse la entrega de los aportes previstos en la Ley 26.215 de Financiamiento de los partidos políticos. En el fallo, la magistrada otorgó un plazo de 15 días hábiles para que presentes sus balances.

De acuerdo con lo previsto en la normativa, el financiamiento de los partidos políticos es mixto, lo que significa que reciben aportes privados y aportes públicos. Dentro de estos últimos se encuentra el aporte para el desenvolvimiento institucional de las agrupaciones políticas que reciben año tras año conforme la distribución pautada en la ley.

Según el artículo 5, el desenvolvimiento institucional alcanza a todas las actividades políticas, institucionales y administrativas derivadas del cumplimiento de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, la carta orgánica partidaria y la normativa sobre financiamiento, así como la actualización, sistematización y divulgación doctrinaria a nivel nacional o internacional.

Además, la Ley 26.215 impone a las agrupaciones políticas en su artículo 23 la obligación de presentar ante el juzgado federal con competencia electoral de cada distrito “el estado anual de su patrimonio o balance general y la cuenta de ingresos y egresos del ejercicio”.

De esta forma, vencido el plazo de 90 días dispuesto por la norma sin que las agrupaciones presenten los informes contables, la Fiscalía Nacional Electoral solicitó se disponga la suspensión cautelar de los aportes públicos y se lo intime a realizar la presentación bajo apercibimiento de decretar la perdida de dichos aportes de manera definitiva.

Entre las agrupaciones que fueron alcanzadas por la medida dictada por la justicia electoral se encuentran:

Partido Movimiento Político Social y Cultural Proyecto Sur Capital Federal

Partido Libertario Capital Federal

Partido Gen Orden Nacional

Partido Gen Capital Federal

Partido Federal Orden Nacional

Partido Encuentro Republicano Federal Orden Nacional

Partido Nuevo Encuentro Por La Democracia y La Equidad Capital Federal

Partido Autonomista Orden Nacional

Partido Movimiento De Integración y Desarrollo Orden Nacional

Partido Frente Patriota Federal Orden Nacional

Partido Frente Patriota Federal Capital Federal

Partido De La Victoria Orden Nacional

Partido Demócrata Cristiano Capital Federal

Partido Coalición Cívica - Afirmación Para Una República Igualitaria (ARI) Capital Federal

Partido Coalición Cívica - Afirmación Para Una República Igualitaria (ARI) Orden Nacional

Partido Frente Renovador Capital Federal

Partido Federal Capital Federal

Partido Principios Y Valores Capital Federal

Partido Demócrata Progresista Orden Nacional

Partido Socialista Autentico Capital Federal. (APFDigital)

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