Nuevo salario mínimo: desde agosto es de $376.600 y la hora quedó en $1.883
Desde este 1° de agosto entró en vigencia el último tramo del aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que quedó establecido en $376.600 mensuales para los trabajadores mensualizados y en $1.883 por hora para los jornalizados.
La actualización corresponde al esquema de incrementos fijado por la Resolución 9/2025 de la Secretaría de Trabajo, luego de que el Consejo del Salario fracasara en alcanzar un acuerdo entre representantes del Gobierno, las cámaras empresarias y las centrales sindicales.
El derrumbe del salario mínimo
Si bien el nuevo monto representa una actualización nominal, el salario mínimo continúa muy lejos de recuperar el poder adquisitivo perdido durante los últimos años. Distintos análisis muestran que el SMVM acumula una caída superior al 40% en términos reales desde fines de 2023, ubicándose entre los niveles más bajos de las últimas décadas cuando se lo mide por su capacidad de compra.
El deterioro del salario mínimo también quedó reflejado en la pérdida de su función como referencia para garantizar un ingreso básico a los trabajadores de menores ingresos. Diversos sectores sindicales vienen reclamando una recomposición de fondo y cuestionan que las actualizaciones definidas por decreto no alcanzan para compensar el avance de la inflación.
Además de fijar el piso salarial para los trabajadores comprendidos fuera de convenios colectivos, el SMVM funciona como parámetro para numerosas prestaciones y programas sociales administrados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Entre ellos se encuentran la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, cuyos topes de ingresos toman como referencia el salario mínimo; las Becas Progresar, que exigen ingresos familiares inferiores a tres veces el SMVM; la Prestación por Desempleo, cuyos montos mínimos y máximos se actualizan automáticamente; y la garantía del 82% del salario mínimo para los jubilados con 30 años de aportes efectivos prevista por la Ley 24.241.
Nuevos topes del Fondo de Desempleo
La actualización también modificó los límites del Fondo de Desempleo. La prestación continúa calculándose sobre el 75% de la mejor remuneración mensual neta de los últimos seis meses trabajados, aunque debe respetar los topes fijados por Anses.
Desde agosto de 2026, los nuevos límites son:
Monto mínimo: $188.300 (50% del SMVM).
Monto máximo: $376.600 (100% del SMVM).
El valor que comenzó a regir en agosto había sido definido por el Gobierno nacional en enero, tras el fracaso de las negociaciones en el Consejo del Salario, ámbito en el que no hubo consenso entre el Estado, las cámaras empresarias y las organizaciones sindicales para establecer una actualización acordada del ingreso mínimo, publicó Mundo Gremial. (APFDigital)