2026-08-13

La defensa del preso acusado de matar a otro en la cárcel de Paraná acordó medidas de coerción pero discutirá la calificación legal

Josué Nahuel Quiroga está imputado por el crimen de Esteban Daian Bernal, ocurrido el martes 11 en la cárcel de Paraná. Fiscalía solicitó que cumpla 90 días de prisión preventiva. La defensa pública pidió 60 y adelantó que cuestionará la calificación de homicidio simple. Entiende que hay elementos para hacerlo. El acusado, en diciembre, terminaba de cumplir una condena por robo tentado.

El juez de Garantías de Paraná, Elvio Garzón, resolvió este jueves dictar la prisión preventiva por 60 días a cumplir en el penal de Victoria, a Josué Nahuel Quiroga, que está acusado del homicidio de Esteban Daian Bernal, ocurrió el martes 11 a las 20:30 en una calle interna de la Unidad Penal Nº1 de Paraná.

Quiroga está imputado de haberle asestado a Bernal dos certeros puntazos con un arma cortopunzante, que en la jerga carcelaria se las denomina “mantequera” porque tienen la punta muy afilada. El juez, a pedido de la defensa, que está a cargo del defensor público Fernando Callejo, dispuso que la medida de coerción se cumpla en la Unidad Penal de Victoria, puesto que Quiroga manifestó que teme por su vida porque en las unidades de Concordia y Federal, que se barajaron como posibles destinos, la víctima tiene familiares alojados, y por el plazo propuesto por el defensor.

La fiscal Paola Farinó fundamentó la medida, que solicitó por 90 días, en el peligro procesal de peligro de entorpecimiento de la investigación, ya que el de fuga no se configuraba en este caso. Aportó que hay filmaciones que dan cuenta de que Bernal agrede a Quiroga cuando ambos caminaban por una calle interna de la cárcel en dirección a los pabellones 13 y 14, donde estaban alojados, y que el acusado respondió a la agresión con un arma cortopunzante. Como consecuencia de las heridas que recibió, Bernal falleció en el Hospital San Martín, adonde fue trasladado de urgencia para su atención.

Farinó también aportó como evidencia el testimonio de otros internos que presenciaron el momento, el de personal de Servicio Penitenciario que acudió de inmediato al lugar, las actuaciones de personal de comisaría décima y de la División Homicidios, y  las filmaciones. La fiscal entendió que la medida era razonable para preservar el testimonio de otros reclusos que pudieron observar el desarrollo del luctuoso suceso.   

Calificación provisoria

Callejo adelantó que iba a acordar con la medida de coerción, pero en este punto sostuvo que 90 días era un plazo demasiado prolongado y acotó que con 60 se podría terminar de sustanciar la investigación.

El defensor también sostuvo que va a cuestionar la calificación legal de Homicidio simple que se le imputó a su asistido. Recordó que en esta etapa la calificación es provisoria. También aportó que las filmaciones exhiben que Bernal agredió a Quiroga por la espalda, aplicándole dos fuertes golpes en la cabeza y la nuca y que aquel se defendió. Callejo indicó que personal del Servicio Penitenciario, en declaraciones a los medios, manifestó que el arma homicida, que se logró secuestrar, fue arrojada desde otros pabellones cuando se desató la riña, de la que aún no se pudo determinar las razones.

Si bien en la audiencia no se lo consignó, fuentes judiciales deslizaron que en el expediente consta el testimonio de otro penitenciario que sostuvo que Bernal estaba armado con un arma blanca y que tras un forcejeo, Quiroga se hizo del arma.

El juez pidió precisiones respecto al pedido de traslado a otras unidades distintas a la de Concordia, puesto que el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, había dispuesto el traslado a la de Concordia, y a la de Federal. La respuesta fue que en aquellas cárceles hay alojados familiares de la víctima. En la audiencia, Quiroga expuso que su familia recibió numerosas amenazas de muerte. Así, descartadas como posibles destinos las cárceles de Paraná, para preservar los testimonios, Concordia y Federal, Garzón dispuso el traslada a la de Victoria para que también pueda ser visitado por su familia.

Antecedente

Quiroga se encontraba cumpliendo una condena de 3 años y 4 meses de prisión por el delito de Robo agravado en grado de tentativa, que terminaría de cumplir el 27 de diciembre de este año. La defensa aportó que su asistido tenía buena conducta, cumplía con las exigencias que se le impusieron cuando se le otorgó la salida socio familiar y concurría a la escuela para terminar sus estudios en la cárcel. Precisamente, el incidente se produjo cuando ambos salían de clase y se dirigían a sus respectivos pabellones.

No obstante, Fiscalía aportó que la profesora que les daba clases declaró que antes de ingresar al aula advirtió una situación que le llamó la atención y consistió en que Quiroga manifestó que tenía problemas económicos y que le expresó a Bernal “ya sabés como es acá, no se puede hacer eso”, añadiendo que habría referido a que deje de insistir con algo que no se precisó en la audiencia.

Resolución

El juez, ante el acuerdo en que era necesario dictar medidas preventivas, se abocó a resolver las dos cuestiones que planteó la defensa respecto del plazo y del lugar a definir. Así, tras manifestar las dificultades que entraña que reclusos aporten información de sucesos ocurridos dentro de una unidad penal, y de escuchar las razones del pedido de traslado a instituciones que no sean Concordia y Federal, entendió que el pedido de la fiscal era razonable, pero dispuso concederlo por el plazo que instó el defensor. Incluso le manifestó al acusado que el plazo de 90 no le causaría ningún perjuicio habida cuenta de que ya estaba privado de la libertad cumpliendo una condena, pero ordenó la medida a los fines de determinar dónde terminaría de cumplir la condena.

El hecho

"El día 11 de agosto de 2026, siendo aproximadamente las 20:30 horas, y en circunstancias en que Esteban Daian Bernal y Josué Nahuel Quiroga se dirigían por la calle interna de la Unidad Penal N° 1 hacia sus respectivos pabellones, 13 y 14, desconociéndose por el momento el motivo, Bernal le da un golpe de puño a Quiroga, ante lo cual el mismo munido de un arma blanca le asestó al menos dos puntazos ocasionándole lesión punzante de 1, 5 cm en 5o espacio intercostal izquierdo, línea hemiclavicular y lesión punzante de 0,5 cm rn región epigástrica; la primera de las cuales resultó letal, ya que ingresó a la cavidad torácica, atravesó ambas hojas del pericardio y luego la pared anterior del ventrículo izquierdo del corazón. Lo que le provocara la muerte por hemoneumotórax izquierdo y derrame pericárdico masivos".

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