Senasa recuerda aspectos clave a tener en cuenta para viajar al exterior con mascotas no tradicionales

Conejos, hámsteres, aves y otras mascotas distintas a perros y gatos pueden requerir gestiones sanitarias específicas ante Senasa para viajar hacia otro país. El traslado internacional de mascotas no tradicionales requiere gestionar ante el Senasa el Certificado Veterinario Internacional (CVI), que acredita el cumplimiento de las exigencias sanitarias del país de destino.

Viajar al exterior con una mascota no tradicional requiere planificación. A diferencia de los procedimientos habituales para perros y gatos, el traslado internacional de otras especies puede estar sujeto a requisitos sanitarios particulares y autorizaciones adicionales.

Por eso, antes de organizar el viaje, es fundamental consultar con anticipación las condiciones de ingreso que establece el país de destino para la especie que se desea trasladar. Esta previsión permite contar con tiempo suficiente para completar las gestiones ante el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y otros organismos involucrados.

Anticipación y planificación

El traslado internacional de mascotas no tradicionales requiere gestionar ante el Senasa el Certificado Veterinario Internacional (CVI), que acredita el cumplimiento de las exigencias sanitarias del país de destino.

Sin embargo, los requisitos pueden variar según la especie y el destino. En algunos casos, requiere de permisos de importación emitidos por el país al que se viaja o autorizaciones de otros organismos competentes, como los vinculados con la fauna silvestre. Por eso, para comenzar a planificar el traslado se sugiere:

Consultar los requisitos del país de destino. Ingresar al buscador oficial del Senasa, verificar si existe un acuerdo sanitario vigente para el destino y la especie correspondiente, y examinar los requisitos de exportación.

Consultar antes de iniciar el trámite. Si la especie o el destino no figuran en el buscador, se sugiere no iniciar la gestión directamente y comunicarse con el Servicio Nacional, que iniciará el proceso de negociación para acordar el modelo de certificado necesario.

Verificar si se necesitan permisos adicionales. Según el caso, puede ser necesario obtener una autorización de importación del país de destino, un permiso de la autoridad competente en materia de biodiversidad y fauna silvestre, o una autorización para la exportación de peces u organismos acuáticos.

Registrar el domicilio electrónico ante el Senasa —si no se ha declarado previamente— a través de la plataforma Sigtrámite.

Iniciar la solicitud de autorización. Cuando existe un acuerdo sanitario aplicable, la solicitud para exportar animales vivos se realiza a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Para comenzar la gestión, es necesario conocer datos como la especie, la cantidad de animales, la finalidad del traslado, el país de destino y la fecha estimada del viaje.

Prever los procedimientos sanitarios y los tiempos necesarios. Una vez iniciado el expediente, y de acuerdo con las exigencias del país de destino para cada especie, se realizan y verifican las tareas sanitarias correspondientes (exámenes clínicos, análisis de laboratorio, toma de muestras, tratamientos y/o períodos de cuarentena) antes de emitir el CVI y del embarque. Estas tareas, supervisadas por Senasa, requieren coordinación y pueden extender los tiempos de gestión. Por eso, informarse con tiempo permite anticipar los pasos necesarios y organizar el viaje de manera más segura y previsible.

Además, se sugiere contactar a la compañía aérea a cargo del traslado, con el fin de consultar si establecen requisitos adicionales para el traslado de la especie en cuestión.

Para recibir orientación sobre el tema, los usuarios pueden escribir a responde@senasa.gob.ar, contactarse por WhatsApp al +54 11 3585–9810 o acercarse a las oficinas del Senasa. Para más información acceder al portal de información para mascotas no tradicionales. (APFDigital)

 

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