En dos semanas se conocerá si se remite a juicio la causa contra ex funcionario acusado de enriquecimiento ilícito

La jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, dará a conocer su resolución respecto de los planteos de las partes realizados en la audiencia de remisión de la causa que investiga a Juan José Canosa por el presunto delito de Enriquecimiento ilícito, en dos semanas. Este viernes, las partes acordaron la incorporación de la evidencia a debatir en el juicio.
viernes 31 de julio de 2026 | 19:31hs.
Foto: APFDigital
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Este viernes cerró la audiencia de remisión a juicio de la causa que investiga desde 2024 al ex funcionario, Juan José Canosa, que fue imputado junto a su esposa, la funcionaria judicial, Paula Montefiori, por el presunto delito de Enriquecimiento ilícito. Montefiori quedó desvinculada del proceso el martes 28 cuando el Ministerio Público Fiscal (MPF), representado por el fiscal Gonzalo Badano, solicitó el sobreseimiento por atipicidad del delito, lo que fue receptado por la jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, que dispuso sobreseerla dejando en claro que el proceso no afectó el buen nombre y honor de la funcionaria que se desempeña en el Ministerio Público de la Defensa.

Barbagelata, tras la finalización de una alongada jornada en la que Fiscalía y Defensa, a cargo de Miguel Cullen, acordaron la prueba documental y testimonial a producir en el debate, dispuso un cuarto intermedio para analizar los complejos y sólidos planteos de las partes, de los que en el inicio de la audiencia informó que daría a conocer su decisión al final de la etapa. Se trata de los planteos de remisión a juicio del fiscal, y de la oposición de la defensa, que planteó la nulidad del hecho, de la remisión y el sobreseimiento de Canosa, además de la exclusión de los informes y pericas informáticas.

Este viernes, las partes acordaron la incorporación por acuerdo de alrededor de un centenar de evidencias, coincidiendo también sobre la desestimación de alrededor de 20 testigos que iban a declarar sobre la prueba documental.

La jueza dispuso la designación de peritos contables para que asistan a las partes en el debate, habida cuenta de la complejidad de la documental a evaluar, lo que quedó explícito en las tres audiencias de remisión de la causa a juicio.

La audiencia de remisión comenzó con el sobreseimiento de la esposa de Canosa, la funcionaria judicial que se desempeña en el Ministerio Público de la Defensa, Paula Montefiori, que quedó desvinculada por sobreseimiento por atipicidad del delito endilgado.

El hecho

Canosa es investigado porque presuntamente “durante su desempeño como funcionario público de la provincia de Entre Ríos -Secretario Legal y Técnico del Ministerio de Gobierno y Justicia y Educación, Interventor de Líneas Aéreas de Entre Ríos SA, Presidente del directorio de SI.DE.CRE.ER. SA, y personal no escalafonado de la Cámara de Diputados (asesor legal)-, desde el 01/01/2004 hasta el 31/12/2016, incrementó su patrimonio de manera desproporcionada e injustificada en relación a sus ingresos percibidos; por un monto total de $ 5.546.534,76. Suma que expresada en dólares a cotización de diciembre de cada cierre anual equivale a un valor de U$S 759.478,70”. Esto, “conforme surge de la evidencia colectada, la pericia suscripta por los CPN Ma. Florencia Ara, Cristian Dumé y Leonardo Tomás, y los informes contables del CPN Juan Pablo Granero”.

El ex funcionario enfrenta una pena de cuatro años y seis meses de prisión más una multa equivalente al monto imputado y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. En su defensa, cuestionó que Fiscalía perdió el principio de objetividad que la determina, y recordó la condena que se le impuso el 2018 por Negociaciones incompatibles en las que la condición de funcionario que se le endilgó -era presidente del Si.DE.CRE.ER SA- fue muy discutida sin éxito, Aquel fallo, que quedó firme tras pasar por todas las instancias y sostuvo que el acusado revestía la condición de funcionario, fue citado por la defensa, que destacó que un año después del fallo condenatorio, un litigio entre la Federación Entrerriana de Entidades Mutuales General Francisco Pancho Ramírez (Fedem) y Sidecreer, que se tramitó en el fuero Contencioso Administrativo, concluyó con sentencias en distintas instancias que sostuvieron que la tarjeta de crédito era una firma de orden privado que realiza actos privados y no públicos, y sus litigios debían resolverse en otros fueros. (APFDigital)