Rechazan devolver un rodado que se secuestró en una causa que investiga la comercializaron de cigarrillos apócrifos desde Gualeguaychú

La investigación comenzó en julio de 2024. Se denunció la presunta comercialización de cigarrillos apócrifos y sin las correspondientes estampillas fiscales en un local sito en Gualeguaychú, hacia otras localidades de la provincia y del país. En mayo de 2026 se realizaron allanamientos en los que se secuestraron distintos elementos, entre los que estaba el rodado.
jueves 27 de agosto de 2026 | 19:38hs.
Foto: eldiaonline.com (ilustrativa)
Foto: eldiaonline.com (ilustrativa)

La Cámara Federal de Paraná, integrada por Beatriz Aranguren, Cintia Gómez y Mateo Busaniche, resolvió este jueves Rechazar el recurso de apelación de la defensa de SEB y confirmó la resolución del 23 de junio de 2026 que no hizo lugar, por el momento, al pedido de devolución del Peugeot, Expert Premium, 1.6. La decisión se adoptó en el “Incidente de devolución de SEB; Massalin Particulares SRL; Tabacalera Sarandi SA, proveniente del Juzgado Federal de Gualeguaychú”

Tras analizar las posiciones de las partes, la Cámara entendió que “ello permite concluir que la restitución del rodado a esta altura resultaría prematura para la investigación, incluso como depositario judicial a su titular y/o alternativamente a su cónyuge, aun cuando pudiera revestir carácter ganancial, dado que tal circunstancia no importa una co-titularidad del bien ni le confiere, por sí solo, un derecho preferente para ser designada depositaria judicial”.

En aquella línea sostuvo que “en virtud de todo lo expresado, y no advirtiéndose violación a garantía constitucional alguna, en el sentido propuesto por la defensa; se observa que la decisión del Magistrado deviene ajustada a derecho; por lo que corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto y confirmar la misma”.

La Cámara sostuvo que “en consecuencia, encontrándose las actuaciones transitando la etapa instructoria y teniendo en cuenta el breve lapso transcurrido desde el secuestro del bien -5/5/2026-, no luce razonable por el momento levantar la medida ordenada oportunamente por el Juez hasta tanto no se cuente con mayor claridad sobre el suceso investigado y sus responsables”.

Los vocales analizaron que de las constancias de la causa “se desprende el estado aún incipiente de la misma”, añadiendo que “en tal sentido, el Magistrado señaló que restan medidas probatorias pendientes de producción —tales como la desintervención de la documentación, la pericia de los elementos secuestrados y la extracción forense de los dispositivos electrónicos, entre otras—, cuyos resultados resultan fundamentales para el esclarecimiento del hecho investigado”.

El caso

Las actuaciones principales se iniciaron por la denuncia que el 2 de julio de 2024 puso en alerta a la Prefectura Naval Argentina, Delegación Paranacito, sobre “la presunta comercialización de cigarrillos apócrifos y sin las correspondientes estampillas fiscales en un comercio situado en la ciudad de Gualeguaychú, bajo una modalidad similar a la investigada en la causa Nº…”.

A partir de aquello, el Ministerio Público Fiscal dispuso diversas medidas investigativas que “permitieron advertir, prima facie, la existencia de una presunta operatoria organizada dedicada a la distribución y comercialización de cigarrillos falsificados con estampillas fiscales apócrifas en distintas localidades de Entre Ríos y otras provincias del país”.

Así, se indicó que “en ese contexto, se habrían identificado distintos integrantes de la maniobra, entre ellos a SEB, titular de la ‘Distribuidora El Portal’ de Concepción del Uruguay, en su rol de proveedor mayorista intermedio”. También se señaló que “como consecuencia de las tareas desarrolladas y las medidas dispuestas se ordenaron diversos allanamientos, lo cuales se efectivizaron el 5 de mayo de 2026, donde se secuestraron elementos vinculados con los hechos investigados”.

La Cámara evaluó que las acusaciones sostuvieron que el sospechoso “es titular desde 2020 del rodado en cuestión –es decir previo a los hechos investigados- y aún no ha sido indagado, no puede soslayarse que, de acuerdo con los informes confeccionados por la fuerza interviniente obrantes… y fuera puesto de manifiesto por la Magistrada, el nombrado ‘reviste la calidad de imputado’ y que dicho bien habría sido identificado realizando el transporte de la mercadería vinculada con el objeto de las actuaciones principales; por lo que nada impediría que pueda llegar a ser objeto de decomiso”. (APFDigital).