Ex funcionario acusado de enriquecimiento ilícito apelará la remisión a juicio por violación de garantías procesales y constitucionales
Miguel Cullen, defensor de Juan José Canosa, ex funcionario que fue imputado del delito de Enriquecimiento ilícito durante su paso por la Administración Pública en el período comprendido entre diciembre de 2023 y enero de 2025, horas después de la resolución de la jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, que en la audiencia del lunes 14 dispuso rechazar los planteos defensivos de nulidad de la remisión y sobreseimiento, afirmó: “Vamos a apelar el fallo de la jueza de Garantías”.
Cullen manifestó que van a apelar la resolución de Barbagelatta, porque con su asistido “no están de acuerdo con los fundamentos dados en la resolución que ordena remitir a juicio la causa en cuestión y que obvió, a su entender, violación a garantías procesales, constitucionales y convencionales”.
El letrado sostuvo que “la verdad que esta investigación posee pasajes de absoluta arbitrariedad y manejo de tiempos que violan garantías constitucionales y convencionales. Los fiscales que llevaron adelante la investigación demoraron ocho años en remitir una causa a juicio y lo hicieron perdiendo pruebas claves, ignorando medidas pedidas por la defensa y nuestro defendido y dejando de lado un trabajo de pericia oficial de un año”.
Pericia contable amañada
Cullen expresó: “Seguiremos insistiendo en la inocencia de mi defendido sabiendo que la pericia contable hecha por la fiscalía es amañada, posee prueba que fue contundentemente probada en nuestro favor por pruebas oficiales y formales como informes de AFIP, UIF y demás; y asimismo, dicho trabajo, no guarda los criterios contables requeridos para ser tenida en cuenta como informe contable formal y que no coincide con los criterios utilizados por la pericia contable oficial, hecha por un miembro del cuerpo de peritos oficiales del Superior Tribunal de Justicia”.
Información irrecuperable
También entendió que “la Fiscalía no evacuó pruebas requeridas por esta defensa técnica, desechó prueba concreta formal y evadió medidas probatorias que, sin dudas, hubieran favorecido nuestra postura defensiva. Además, y tal como lo han informado diversos bancos oficiales, hay pruebas de extractos bancarios y de tarjetas de crédito que fueron ya destruidas por el paso del tiempo, información irrecuperable que, de existir y de haberse requerido a tiempo, avalarían nuestra postura que el patrimonio de mi defendido y su núcleo familiar es absolutamente equilibrado y justificado”.
Proceso excesivamente largo
En otro punto en que la defensa considera le asiste la razón estribó en los plazos razonables de una investigación. En este sentido, Cullen señaló que “también hemos denunciado un proceso excesivamente largo, que viola estándares nacionales e internacionales en materia de plazo razonable”.
En aquella tesitura expresó: “Mi defendido hace 11 años que dejó el cargo en la tarjeta de créditos y ha sido perseguido desde allí hasta la fecha y es justamente uno de los fundamentos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha tomado en varios casos conocidos y además del fallo contra Argentina de hace un mes, en el fallo ‘López de Belva y otro vs. Argentina’, donde el tribunal internacional dictó sentencia sobre este tema y declaró la responsabilidad internacional del Estado argentino por vulneraciones a garantías judiciales en el proceso seguido contra dos abogados. La sentencia fue notificada el 21 de agosto de 2026”.
Canosa, fue presidente de Sidecreer y en el desempeño de esa función fue condenado por el delito de Negociaciones incompatibles con la función pública porque se comprobó que benefició a empresas de familiares y amigos con el direccionamiento de distintas licitaciones de la empresa descentralizada del Estado, aunque aquella conducta no implicó ningún perjuicio para la tarjeta. Aquella condena fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en noviembre de 2023. Así, quedó firme la condena a tres años de prisión de ejecución condicional más la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
El paso del tiempo afecta
Cullen destacó que “ya se ha dicho jurisprudencialmente que no se puede tener tanto tiempo a una persona sometida a proceso sin que ello afecte a la persona en su vínculo familiar, social, y obviamente el laboral. El último fallo de la CIDH notificado hace un mes, fundó dicha condena en estas cuestiones, y es lo que esperamos que se cumpla en este caso”.
Finalmente, el defensor expresó: “No tenemos ninguna duda que, de haberse podido reunir toda la documentación contable, bancaria o tributaria que la propia perito oficial requirió y ya no está disponible, el patrimonio hubiera quedado sin ningún tipo de inconsistencia. Acá no hay ningún enriquecimiento, sólo una investigación incompleta y manejada con uno parcial de los tiempos”. (APFDigital)