Con dos condenas y una absolución cierran la causa que investigó la venta de armas en el mercado ilegal tras su compra a través de legítimos usuarios
La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Carolina Castagno, dio a conocer este lunes a las 8:30, el adelanto de sentencia del juicio en el que se juzgó a tres hombres por los delitos de Provisión ilegal de armas de fuego con habitualidad y por comprender a un menor de edad, que se les atribuyó a Lautaro Damián Villanueva y Jonathan Emanuel Duarte, y por el de Provisión ilegal agravada por la habitualidad, atribuido a Martín Mocciaro, como coautor.
La sentencia completa se conocerá el martes 3 de noviembre a las 8. Este lunes, Castagno resolvió condenar a Villanueva, que fue defendido por Claudio Berón, y a Duarte, que fue asistido por Javier Aiani, como coautores del delito de provisión ilegal de arma de fuego agravada por la habitualidad y por comprender a un menor de edad, y los condenó a la pena de siete años de prisión y cinco años y seis meses de prisión, respectivamente, precisando que en el caso de Villanueva, la pena es comprensiva de la de un año y seis meses de ejecución condicional que le impuso el 5 de mayo de 2023, la jueza de Garantías, Elisa Zilli, en otra causa, que se le revocó.
En el caso de Mocciaro, que fue asistido por Cristhian Panceri y José Velázquez, la sentencia fue de absolución. Respecto de los condenados, la condena comenzará a hacerse efectiva cuando la sentencia quede firme, puesto que llegaron al debate en libertad con medidas de restricción.
La causa fue remitida a juicio durante los primeros días de abril de este año por el juez de Garantías de Paraná, Mariano Budasoff. La causa comenzó a sustanciarse a partir de la balacera que se desarrolló el 10 de mayo de 2025, en jurisdicción de comisaría quinta de Paraná, en que dos integrantes de las bandas enfrentadas recibieron disparos y una mujer, ajena al conflicto, recibió uno en una mano. Esta causa se dirimió con cinco condenas, mientras un último acusado enfrentará un juicio.
Tras el juicio, Villanueva y Duarte fueron encontrados responsables por su participación en una organización que adquiría armas en el mercado legal, utilizando como “testaferros u hombres de paja” a legítimos usuarios registrados, para luego comercializarlas en el mercado ilegal. Durante la etapa intermedia, las defensas presentaron distintos recursos que fueron rechazados.
El fiscal Laureano Dato, destacó las evidencias que recabó durante la Investigación Penal Preparatoria (IPP) personal de la División Scopometría y de Criminalística de la Policía de la provincia, que permitió sostener que al menos dos armas de las secuestradas en los allanamientos que se realizaron el 17 de diciembre de 2024, fueron vinculadas a dos graves hechos.
Inocente herida
El primero y más grave fue la balacera que mantuvieron en jurisdicción de comisaría quinta dos grupos enfrentados por el control del territorio para la comercialización de estupefacientes. Ese 10 de mayo de 2025 una mujer inocente recibió un disparo en la mano y dos integrantes de uno de los grupos, recibieron heridas de bala. La otra arma fue hallada en un allanamiento vinculado a una causa por narcomenudeo.
El fiscal manifestó que se probó que, al momento de los hechos y los secuestros, ambas armas estaban registradas a nombre de Duarte. Así, sostuvo que Duarte debía explicar en el juicio porqué las armas que debían estar bajo su custodia, estaban en escenarios donde se desarrollaron sendos delitos.
Los defensores, , por Duarte, y Javier Aiani, por Villanueva, no se opusieron al relato de los hechos que realizó el fiscal y adelantaron su disconformidad con la calificación legal atribuida a cada uno, pero entendieron y así lo dejaron plasmado, la discutirán en el juicio plenario.
Atipicidad
Durante la etapa de remisión de la causa a juicio, Panceri planteó la falta de acción por atipicidad y pidió el sobreseimiento de su asistido porque el hecho no existió y porque su defendido no fue el autor. También cuestionó que Fiscalía no le permitió la incorporación al legajo de una nota que se solicitó enviar a la Anmat en la que quedaría corroborado que al momento de la transacción que se endilga a Mocciario y Villanueva, éste contaba con la condición de legítimo usuario, lo que derribaría la acusación, pero no recibió la aprobación del juez, que le recordó que en el sistema acusatorio que rige en la provincia, cada parte debe armar su legajo de evidencias. (APFDigital)